"PROVINCIA DEL NEUQUEN C/ SOSA MARCOS ANTONIO S/ APREMIO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
Legajo: 2991-2012.Fecha de la Resolución: 22/03/2016.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): APREMIO | FALLECIMIENTO DEL DEUDOR | INTEGRACION CON LOS SUCESORES | NULIDAD A PARTIR DE LA INTIMACION DE PAGO | PROCESOS DE EJECUCIÓN | SENTENCIA DE TRANCE Y REMATERecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 4 p. pdf
Contenidos:
Al haber tomado conocimiento la ejecutante luego de la sentencia de trance y remate del fallecimiento del demandado, debe disponerse la nulidad de las actuaciones a partir de la intimación de pago y los actos que son su consecuencia. Asimismo corresponde redireccionar las actuaciones en contra de los sucesores del contribuyente, y con ellos deberá integrarse la Litis notificándolos en sus domicilios reales.
Existencias:
Al haber tomado conocimiento la ejecutante luego de la sentencia de trance y remate del fallecimiento del demandado, debe disponerse la nulidad de las actuaciones a partir de la intimación de pago y los actos que son su consecuencia. Asimismo corresponde redireccionar las actuaciones en contra de los sucesores del contribuyente, y con ellos deberá integrarse la Litis notificándolos en sus domicilios reales.
22/03/2016
No hay comentarios en este titulo.