"P. D. C/ M. G. M. D. L. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" / Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 6 - I Circunscripción Judicial - Secretaría única
Series Fallo con Perspectiva de GéneroLegajo: EXP 519009/2017.Fecha de la Resolución: 15/11/2021.Tipo de Resolución: 519009/2017 Sentencia.Tema(s): DERECHO CIVIL | DAÑOS Y PERJUICIOS | ACOSO SEXUAL | DESESTIMACION DE LA DENUNCIA | ACCION CIVIL | INDEMNIZACIÓN | PRESUNCIONES | IMPROCEDENCIA DE LA INDEMNIZACIÓN | VIOLENCIA SEXUAL CONTRA LA MUJER | AUSENCIA DE CULPA DE LA VICTIMA | VIOLENCIA DE GENERORecursos en línea: Texto Completo Descripción: 29 p. pdfCorresponde rechazar la demanda deducida en la cual se persigue la reparación de los daños y perjuicios causados por las denuncias de abuso sexual formuladas por dos integrantes mujeres de la fuerza policial en contra del actor cuando éste se desempeñaba como superior jerárquico, como así también por la tramitación de actuaciones en sede penal y en sede administrativa iniciadas en su contra en las que fuera sobreseido; desde que ante situaciones de abuso o acoso sexual, en los que –como se considerara en sede administrativa-, es difícil contar con pruebas directas, entonces se recurre a los indicios y presunciones. Y es asi que, las declaraciones concordantes de tres testigos respecto a haber visto gestos obscenos, caricias, o conductas irregulares de parte del actor para con las demandadas; sumado a la posible responsabilidad de aquél respecto de los hechos denunciados que consideró la Instrucción en sede administrativa; y a que en el juicio penal el Fiscal del caso no solicitara el sobreseimiento del entonces imputado, como que las demandadas se constituyeron en querellantes (hecho no controvertido); conforman indicios que juegan en contra de la convicción necesaria acerca de un actuar desaprensivo y carente de fundamento por parte de las demandadas cuando formularon las denuncias contra el actor. Luego, el resultado de la prueba producida, analizada en conjunto, no permite crear convicción acerca del accionar de las demandadas con culpa grave que implique imprudencia o ligereza inexcusable. Y con ello, no se encuentra configurado el ilícito civil, presupuesto necesario de la acción interpuesta.
15/11/2021
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