"BECERRA LILIANA SOLEDAD C/ PROVINCIA DEL NEUQUEN S/ D.Y P.-MALA PRAXIS" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
Legajo: 420667-2010.Fecha de la Resolución: 02/02/2017.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): CUANTIFICACION DEL DAÑO | DAÑO MORAL | DAÑOS Y PERJUICIOS | DAÑOS Y PERJUICIOS | GASTOS DE FARMACIA | GASTOS MEDICOS | INCAPACIDAD SOBREVINIENTE | MALA PRAXIS | MONTO DE LA INDEMNIZACION | RELACION DE CAUSALIDADRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 15 p. pdf
Contenidos:
Cabe revocar el fallo de grado y en consecuencia hacer lugar a la demanda interpuesta contra la Provincia, en función que de toda la prueba analizada se encuentra debidamente probado el nexo de causalidad entre el hecho: “aplicación de una inyección intramuscular en la nalga izquierda” y el daño físico: “celulitis glútea por inyectable intramuscular, cicatriz de 8 centímetros en glúteo izquierdo”, que se le imputa al personal de enfermería dependiente del hospital zonal de la accionada.
Existencias:
Cabe revocar el fallo de grado y en consecuencia hacer lugar a la demanda interpuesta contra la Provincia, en función que de toda la prueba analizada se encuentra debidamente probado el nexo de causalidad entre el hecho: “aplicación de una inyección intramuscular en la nalga izquierda” y el daño físico: “celulitis glútea por inyectable intramuscular, cicatriz de 8 centímetros en glúteo izquierdo”, que se le imputa al personal de enfermería dependiente del hospital zonal de la accionada.
02/02/2017
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