"GARRIDO VANESA IRENE C/ PROVINCIA DEL NEUQUEN S/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA" / Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa
Legajo: OPANQ1 6382/2016.Fecha de la Resolución: 24/04/2019.Tipo de Resolución: 25/19 Interlocutoria.Tema(s): DERECHO ADMINISTRATIVO | EXCUSACIÓN. RECUSACIÓN | EXCUSACIÓN | RAZONES DE DECORO Y DELICADEZARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 2 p. pdfCorresponde hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Vocal del Alto Cuerpo, fundadas en motivos graves de decoro y delicadeza, al haber tomado conocimiento del reclamo objeto de autos en oportunidad de tramitarse la reclamación administrativa incoada por la accionante. Ello así, en base a la segunda parte del art. 30 del CPCyC que adopta una fórmula flexible que, remitiendo fundamentalmente a las motivaciones del juez, tiende a respetar todo escrúpulo serio que éste manifieste en orden a una posible sospecha sobre la objetividad de su actuación y que, por tanto, debe ser apreciada con mayor amplitud de criterio y a favor del juez excusado.
24/04/2019
No hay comentarios en este titulo.