"LEONE CARLOS JAVIER C/ MERCADO DE CONC. NEUQUEN SAPEM S/ COBRO DE HABERES" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Clerici, Patricia Mónica | Gigena Basombrio, FedericoLegajo: 419740-2010.Fecha de la Resolución: 18/08/2015.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): CATEGORÍA | COBRO DE HABERES | CONVENIO APLICABLE | CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO | HORAS EXTRAS | PRUEBA | TRABAJADOR FUERA DE CONVENIORecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 4 p. pdf
Contenidos:
1.- [...] el encuadramiento a que alude la quejosa - Sindicato de Trabajadores de la Industria del Hielo y Mercados Particulares de la Republica Argentina (S.T.H.I.M.P.R.A)- fue posterior a la finalización del contrato de trabajo, con lo cual no puede aplicarse al período anterior, máxime que la propia quejosa reconoció que el actor estaba encuadrado como fuera de convenio y que al contestar la demanda no argumentó que el convenio al que alude en la expresión de agravios era el aplicable, no pudiendo sostener ahora, luego de trabada la litis, que era el que correspondía. Coincido entonces que, en el caso, el convenio aplicable es el indicado en la sentencia.
2.- En relación al reclamo por horas extras, si bien se comparte la postura que sostiene el quejoso en el sentido que su demostración debe ser rigurosa, y con mayor razón cuando el reclamo es posterior a la finalización de la relación laboral según lo hemos dicho en reiteradas oportunidades, entiendo que en el caso concreto y en función de las constancias a que se alude en la sentencia y a las presunciones legales mencionadas, no cuestionadas por el quejoso, tornan procedente el reclamo.
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1.- [...] el encuadramiento a que alude la quejosa - Sindicato de Trabajadores de la Industria del Hielo y Mercados Particulares de la Republica Argentina (S.T.H.I.M.P.R.A)- fue posterior a la finalización del contrato de trabajo, con lo cual no puede aplicarse al período anterior, máxime que la propia quejosa reconoció que el actor estaba encuadrado como fuera de convenio y que al contestar la demanda no argumentó que el convenio al que alude en la expresión de agravios era el aplicable, no pudiendo sostener ahora, luego de trabada la litis, que era el que correspondía. Coincido entonces que, en el caso, el convenio aplicable es el indicado en la sentencia.

2.- En relación al reclamo por horas extras, si bien se comparte la postura que sostiene el quejoso en el sentido que su demostración debe ser rigurosa, y con mayor razón cuando el reclamo es posterior a la finalización de la relación laboral según lo hemos dicho en reiteradas oportunidades, entiendo que en el caso concreto y en función de las constancias a que se alude en la sentencia y a las presunciones legales mencionadas, no cuestionadas por el quejoso, tornan procedente el reclamo.

18/08/2015

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