"ARAYA ALICIA ELIZABETH Y OTRO C/ I.S.S.N. Y OTROS S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IFirmantes: Pamphile, Cecilia [Disidencia] | Pascuarelli, Jorge Daniel | Ghisini, Fernando MarceloLegajo: JNQCI2 EXP 475319/2013.Fecha de la Resolución: 18/02/2020.Tipo de Resolución: S/N Sentencia.Tema(s): DERECHO CIVIL | DAÑOS Y PERJUICIOS | ACCIDENTE DE TRÁNSITO | PRIORIDAD DE PASO | AMBULANCIA | CRUCE DE SEMÁFORO EN ROJO | CONDUCCIÓN IMPRUDENTE | RELACIÓN DE CAUSALIDADRecursos en línea: Texto completo Descripción: 36 p. pdf
Contenidos:
1.- El conductor de un camión que colisionó con una ambulancia en una encrucijada y quien tenía prioridad de paso, no resulta responsable por el infortunio, pues no se ha acreditado la situación de emergencia que habilitara al conductor de la ambulancia a violar las normas de tránsito y traspasar los semáforos en rojo, o, de hacerlo, impidiera adoptar las precauciones tendientes a evitar el accidente, maxime cuando no se advierte que el conductor del camión haya desarrollado una conducta antijurídica.
2.- Los conductores de vehículos de emergencia no adquieren un “bill de indemnidad”, pudiendo arrollar todo a su paso. Bajo el razonamiento de la sentencia, el conductor de una ambulancia que injustificadamente viola las normas de tránsito y ocasiona un accidente, quedaría exento de un porcentaje de la responsabilidad, por el solo hecho de encender las sirenas.
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1.- El conductor de un camión que colisionó con una ambulancia en una encrucijada y quien tenía prioridad de paso, no resulta responsable por el infortunio, pues no se ha acreditado la situación de emergencia que habilitara al conductor de la ambulancia a violar las normas de tránsito y traspasar los semáforos en rojo, o, de hacerlo, impidiera adoptar las precauciones tendientes a evitar el accidente, maxime cuando no se advierte que el conductor del camión haya desarrollado una conducta antijurídica.

2.- Los conductores de vehículos de emergencia no adquieren un “bill de indemnidad”, pudiendo arrollar todo a su paso. Bajo el razonamiento de la sentencia, el conductor de una ambulancia que injustificadamente viola las normas de tránsito y ocasiona un accidente, quedaría exento de un porcentaje de la responsabilidad, por el solo hecho de encender las sirenas.

18/02/2020

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