"ARAYA ALICIA ELIZABETH Y OTRO C/ I.S.S.N. Y OTROS S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" /

"ARAYA ALICIA ELIZABETH Y OTRO C/ I.S.S.N. Y OTROS S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I - 2020 - 36 p. pdf

1.- El conductor de un camión que colisionó con una ambulancia en una encrucijada y quien tenía prioridad de paso, no resulta responsable por el infortunio, pues no se ha acreditado la situación de emergencia que habilitara al conductor de la ambulancia a violar las normas de tránsito y traspasar los semáforos en rojo, o, de hacerlo, impidiera adoptar las precauciones tendientes a evitar el accidente, maxime cuando no se advierte que el conductor del camión haya desarrollado una conducta antijurídica. 2.- Los conductores de vehículos de emergencia no adquieren un “bill de indemnidad”, pudiendo arrollar todo a su paso. Bajo el razonamiento de la sentencia, el conductor de una ambulancia que injustificadamente viola las normas de tránsito y ocasiona un accidente, quedaría exento de un porcentaje de la responsabilidad, por el solo hecho de encender las sirenas.

18/02/2020

S/N


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