"LENCINA SONIA DEL VALLE C/ SILPITUCLA NICOLAS FEDERICO S/ DESALOJO SIN EXISTENCIA DE CONTRATO DE LOCACION (COMODATO, OCUPACION, ETC)" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IFirmantes: Pamphile, Cecilia | Pascuarelli, Jorge DanielLegajo: EXP 515642/2016.Fecha de la Resolución: 01/08/2019.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): DERECHO PROCESAL | PROCESOS ESPECIALES | DESALOJO | INTRUSO | MERO TENEDOR | DEBER DE RESTITUIRRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 7 p. pdf
Contenidos:
1.- La acción de desalojo debe ser admitida, aún cuando del contexto que surge de esta causa en rigor, no podría aseverarse en términos estrictos que –el accionado- se trate de un intruso. Ello es así, toda vez que tampoco puede desconocerse que el desalojo procede contra quien tiene la obligación de devolver el inmueble por carecer de derecho en su ocupación.
2.- El juicio de desalojo podrá ser promovido por quienes tengan derecho a la recuperación de la tenencia de inmuebles, contra todo aquel cuya obligación de restituirla fuere exigible, ya sea por mediar un contrato o bien porque tenga el carácter de mero tenedor o intruso.
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1.- La acción de desalojo debe ser admitida, aún cuando del contexto que surge de esta causa en rigor, no podría aseverarse en términos estrictos que –el accionado- se trate de un intruso. Ello es así, toda vez que tampoco puede desconocerse que el desalojo procede contra quien tiene la obligación de devolver el inmueble por carecer de derecho en su ocupación.

2.- El juicio de desalojo podrá ser promovido por quienes tengan derecho a la recuperación de la tenencia de inmuebles, contra todo aquel cuya obligación de restituirla fuere exigible, ya sea por mediar un contrato o bien porque tenga el carácter de mero tenedor o intruso.

01/08/2019

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