"PROVINCIA DEL NEUQUÉN C/ VÍA BARILOCHE S.R.L. S/ APREMIO" / Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
Legajo: 159-2009.Fecha de la Resolución: 01/12/2015.Tipo de Resolución: Acuerdo.Tema(s): ACTO ADMINISTRATIVO | CODIGO FISCAL | EJECUCION FISCAL | INCONSTITUCIONALIDAD | INTERRRUPCION DE LA PRESCRIPCION | PRESCRIPCION | PRESCRIPCIÓNRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 24 p. pdfConforme la postura fijada por este Alto Cuerpo en autos “PROVINCIA DEL NEUQUÉN C/ BAGGIO HORACIO HAROLDO S/ APREMIO” -Ac. Nro. 22/15-, mal puede otorgársele efectos interruptivos a la boleta de deuda generada el 15 de octubre de 2002 por contravenir abiertamente los fundamentos y fines máximos que sustentan el sistema de la prescripción liberatoria y establecer plazos extintivos de las obligaciones tributarias superiores a los cinco años; debiéndose declarar -aquí también- a la invalidez del Art. 127, inciso 2, del C.F. (T.O. 1997), según antecedente “PROVINCIA DEL NEUQUÉN C/ BAGGIO HORACIO HAROLDO S/ APREMIO” -Ac. Nro. 22/15-.
01/12/2015
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