"PROVINCIA DEL NEUQUEN C/ SACCHI NESTOR OMAR S/ APREMIO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Clerici, Patricia Mónica | Noacco, José IgnacioLegajo: EXP 444530/2011.Fecha de la Resolución: 19/02/2019.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): ORGANIZACIÓN DE LA JUSTICIA | DEFENSOR OFICIAL | DEFENSOR DE AUSENTES | DEBERES Y FACULTADES | LOCALIZACION DEL DEMANDADORecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdf
Contenidos:
Resulta improcedente que la señora Defensora Oficial se agravie de su nombramiento, pretendiendo endilgar a la parte actora deberes de localización del paradero del accionado, que son propios de su función, de conformidad con lo previsto por el art. 343 del CPCyC, y es el juez quien debe evaluar la conducta desplegada por la parte y no la defensora, quien en caso de considerarla insuficiente, tiene la obligación legal de ampliar la búsqueda.
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Resulta improcedente que la señora Defensora Oficial se agravie de su nombramiento, pretendiendo endilgar a la parte actora deberes de localización del paradero del accionado, que son propios de su función, de conformidad con lo previsto por el art. 343 del CPCyC, y es el juez quien debe evaluar la conducta desplegada por la parte y no la defensora, quien en caso de considerarla insuficiente, tiene la obligación legal de ampliar la búsqueda.

19/02/2019

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