"C. J. I. C/ T. G. N. S/ INC. MODIFICACION DE REGIMEN DE COMUNICACION" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IFirmantes: Pamphile, Cecilia | Pascuarelli, Jorge DanielLegajo: 79872.Fecha de la Resolución: 28/09/2018.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): ACUERDO | CONTINUACION DEL PROCESO | DERECHO Y DEBER DE COMUNICACION | EJECUCION DE SENTENCIA | HOMOLOGACION | INCUMPLIMIENTOS REITERADOS | INTERVENCION DEL GABINETE INTERDISCIPLINARIO | RESPONSABILIDAD PARENTALRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 5 p. pdf
Contenidos:
Corresponde revocar la resolución que no hizo lugar al pedido cautelar del progenitor vinculado a que se disponga la intervención del Gabinete Interdisciplinario ante su denuncia vinculada a la imposibilidad de llevar adelante el régimen de comunicación con su hija – hay un acuerdo homologado respecto del régimen de comunicación-, pues se observa que, en principio, lo peticionado no excede el marco del presente, teniendo en cuenta el contexto en que se solicita. Asimismo, más allá de las desavenencias entre los progenitores, que surgen a lo largo de las presentes actuaciones, la información que se obtenga en el marco de la intervención peticionada podrá determinar cómo continuar con la ejecución de la sentencia, en el caso, el régimen de comunicación homologado, priorizando el interés superior de la menor.
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Corresponde revocar la resolución que no hizo lugar al pedido cautelar del progenitor vinculado a que se disponga la intervención del Gabinete Interdisciplinario ante su denuncia vinculada a la imposibilidad de llevar adelante el régimen de comunicación con su hija – hay un acuerdo homologado respecto del régimen de comunicación-, pues se observa que, en principio, lo peticionado no excede el marco del presente, teniendo en cuenta el contexto en que se solicita. Asimismo, más allá de las desavenencias entre los progenitores, que surgen a lo largo de las presentes actuaciones, la información que se obtenga en el marco de la intervención peticionada podrá determinar cómo continuar con la ejecución de la sentencia, en el caso, el régimen de comunicación homologado, priorizando el interés superior de la menor.

28/09/2018

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