"T. R. A. C/ C. S. D. C. S/ INC. REDUCCION CUOTA ALIMENTARIA" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
Legajo: 48082-2011.Fecha de la Resolución: 29/10/2015.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): ALIMENTOS | ALIMENTOS PARA LA CONYUGE SEPARADA DE HECHO | CUOTA ALIMENTARIA | HIJOS QUE ALCANZARON LA MAYORIA DE EDAD | REDUCCIÓN | VALORACIONRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 8 p. pdfCorresponde reducir la cuota alimentaria para la cónyuge separada de hecho a un 15% de los haberes percibidos por el accionante – la instancia de grado redujo la cuota alimentaria del 40% que fuera establecida para el cónyuge y los hijos al 10% atento la mayoría de edad alcanzada por los mismos- . Ello es así, teniendo especialmente en cuenta la imposibilidad de acceder a un puesto de trabajo provechoso en virtud de la compleja situación que surge de la edad, el estado de salud y la calificación profesional, todo ello en directa relación con el rol cumplido en el núcleo familiar, en el marco de una separación de hecho de larga data.
29/10/2015
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