"GARRIDO LUIS C/ PROVINCIA DEL NEUQUÉN S/ ACCIÓN PROCESAL ADMINISTRATIVA" / Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa
By: Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa
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Contributor(s): Gennari, María Soledad
| Kohon, Ricardo Tomás
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Material type: 
No resulta procedente reparar los daños y perjuicios que el actor dice haber sufrido como consecuencia de la omisión "falta de servicio" que le imputa al estado provincial en oportunidad de ser atacado por efectivos de la policía montada cuando concurrió al Estadio Ruca Che a los fines de realizar los trámites para obtener la tarjeta magnética necesaria para el cobro del Seguro de Desempleo que le otorgaba el Gobierno Provincial , y fue allí que se produjo una sorpresiva huida y corrida generalizada de los beneficiarios del plan debido a un súbito tumulto, lo cual provocó la intervención policial que lo afectó. Ello es así, por cuanto el elemento esencial para la configuración de la responsabilidad aludida, es el carácter irregular o deficiente de la prestación del servicio. Este elemento debe ser corroborado mediantes pruebas claras y concretas, que permitan concluir firmemente que en el caso existe responsabilidad estatal. En definitiva, no se logra visualizar con la nitidez necesaria la configuración del elemento central de la responsabilidad estatal, es decir, la alegada irregularidad del actuar policial.
5/23/17
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