“OZORIO ESCUBILLA JOSÉ MARÍA C/ PREVENCIÓN A.R.T. S.A. S/ RECURSO ART. 46 LEY 24.557” / (Registro nro. 856)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03835nam a2200313Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2017 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Acuerdo
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
9 (RLIN) 33
245 11 - CARATULA
Caratula “OZORIO ESCUBILLA JOSÉ MARÍA C/ PREVENCIÓN A.R.T. S.A. S/ RECURSO ART. 46 LEY 24.557” /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 50 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1 . - Cabe declarar procedente del Recurso de Inaplicabilidad de Ley, pues ha quedado demostrado que el decisorio de la Alzada al aplicar las disposiciones de la Ley 26.773 con sustento en lo dispuesto por el Art. 3 del Cód. Civ. –actual 7 del C.C.y C.- infringió el Art. 17.5 de la citada ley, toda vez que no se ajusta a la interpretación de las normas que regulan su aplicación temporal. En consecuencia, hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada, y revocar –en lo pertinente- el pronunciamiento de Primera Instancia, en cuanto aplica retroactivamente la Ley 26.773 para un infortunio cuya primera manifestación invalidante se produjo antes de su publicación en el Boletín Oficial, a la vez que, reprocha que se haya aplicado el índice R.I.P.T.E. sobre el resultado de la fórmula indemnizatoria porque constituye una interpretación errónea de la normativa, y en su consecuencia, remitir los autos al Juzgado de origen, a fin de que, en la etapa de ejecución de sentencia, proceda a determinar el monto de la condena que deberá liquidarse teniendo en consideración los lineamientos brindados al efecto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto a la norma vigente a la fecha de la primera manifestación invalidante -Ley 24.557 con las modificaciones introducidas por Decreto N°1.694/09 dado que se trata de un accidente de trabajo sucedido el 16/3/11-, la correcta aplicación del índice R.I.P.T.E., y las demás cuestiones firmes. (del voto del Dr. Kohon, en mayoría)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Negar el reconocimiento de la indemnización prevista en el art. 8 y 17.6 con fundamento en el inciso 5 del art. 17 al presente caso, apegándonos a la literalidad del texto legal, y a una desinterpretación del principio de irretroactividad que campea en el derecho laboral, implicaría, ni más ni menos que discriminar al trabajador por el simple transcurso del tiempo. Porque sin duda, mantener las prestaciones de la ley 24.557 sin las adiciones efectuadas por la Ley 26.773, significará tratar desigualmente al actor en estos autos, frente al sistema actual de reparar siniestros laborales asumido por la sociedad. Y debe recordarse que al tratarse de la reparación de una minusvalía, necesariamente requiere de una reparación adecuada e integral. (del voto del Dr. Massei, en disidencia)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- En atención a esta especial circunstancia que impone que deba zanjar las cuestiones planteadas en este Acuerdo por uno u otro de los votos que me preceden, y ponderados cada uno de ellos, me inclino por adherir a los fundamentos y solución propiciada por el Dr. Ricardo T. Kohon por razones de celeridad procesal y a fin de evitar un dispendio jurisdiccional ante el pronunciamiento de la Corte Suprema de la Nación en la causa “Espósito”. (del voto del Dr. Moya, que hace la mayoría)
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 2/13/17
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACCIDENTE DE TRABAJO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DISIDENCIA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) INFRACCION A LA LEY
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) LEY APLICABLE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) NO VIGENTE AL TIEMPO DEL INFORTUNIO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PAGO DE LA INDEMNIZACION
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) REAJUSTE DE PRESTACIONES DINERARIAS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) REGIMEN ESPECIAL
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Massei, Oscar Ermelindo
9 (RLIN) 28
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Moya, Evaldo Darío
9 (RLIN) 30
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 456038-2011
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/856.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/856.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Acuerdo
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

No hay ítems disponibles.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha