"ORELLANA JOSE LAUREANO C/ VERGARA ANGEL RAUL Y OTRO S/ ACCIDENTE ACCION CIVIL" / (Registro nro. 727)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03398nam a2200313Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2016 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
9 (RLIN) 1
245 11 - CARATULA
Caratula "ORELLANA JOSE LAUREANO C/ VERGARA ANGEL RAUL Y OTRO S/ ACCIDENTE ACCION CIVIL" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 17 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- En primer lugar, cabe aclarar que los integrantes de esta Sala II hemos venido sosteniendo que el riesgo de la actividad no se encuentra comprendido en el art. 1.113 del Código Civil, norma sobre cuya aplicación en el sub lite no existe controversia en esta instancia. Sin embargo, en autos “Portales c/ Moño Azul S.A.” (expte. n° 453.788/2011, P.S. 2016-VI, n° 170), como consecuencia de la evolución doctrinaria y jurisprudencial habida en la materia, y fundamentalmente de la recepción expresa por el Código Civil y Comercial de la actividad que sea peligrosa o riesgosa, por su naturaleza, por los medios empleados, o por las circunstancias de su realización como fuente de responsabilidad objetiva (art. 1.757), hemos variado tal criterio, en el entendimiento que la nueva legislación, si bien no aplicable al caso concreto, sirve indudablemente como pauta de interpretación de la anterior codificación.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- La demanda en donde el trabajador reclama por los daños y perjuicios que sufrió al caer del techo del galpón sobre el que estaba trabajando debe ser admitida, toda vez que entiendo que las condiciones en que desarrollaba su trabajo el actor convirtieron a la actividad laboral en riesgosa, por la altura – aproximadamente 5 metros- y el estado del techo sobre el cual se encontraba trabajando - de acuerdo a las manifestaciones del funcionario de la propia provincia codemandada el techo se encontraba sumamente deteriorado [con huecos y espacios]-.<br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- En cuanto a la incapacidad psicológica determinada por el perito de la especialidad en su informe (…), el juez de grado ha sostenido que el daño es patrimonial o extrapatrimonial, no existiendo la posibilidad de indemnizar en forma autónoma el daño psicológico. Este es el criterio que también adopta esta Sala II, aunque se valora la lesión psíquica a efectos de cuantificar el daño moral, conforme lo ha hecho el juez de grado. No encuentro elementos en el expediente que permitan apartarme del criterio antedicho.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- Indudablemente el sufrimiento espiritual del actor ha sido importante, la angustia e incertidumbre lógicas durante el tratamiento médico, y luego la finalización abrupta de su vida laboral. En base a lo dicho considero que debe elevarse el monto de la indemnización por daño moral, fijándolo en la suma de $ 40.000,00 [^]
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 10/20/16
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACCIDENTE DE TRABAJO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACCION CIVIL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACTIVIDAD RIESGOSA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) AUTONOMIA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CAIDA DESDE EL TECHO DE UN GALPON
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CUANTIFICACION
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DAÑO MORAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DAÑO PSICOLOGICO
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Gigena Basombrio, Federico
9 (RLIN) 22
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
9 (RLIN) 2
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 382997-2008
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/727.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/727.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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