“SANDOVAL CLEMIRA BEATRIZ C/ HERRERA JOSE ANTONIO S/ ESCRITURACION” / (Registro nro. 547)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 04818nam a2200505Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2016 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Interlocutoria
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I
9 (RLIN) 7
245 11 - CARATULA
Caratula “SANDOVAL CLEMIRA BEATRIZ C/ HERRERA JOSE ANTONIO S/ ESCRITURACION” /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2016
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 16 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- [...] el recurrente demuestra una evidente confusión conceptual entre nulidades procesales y sustanciales, la cual lo lleva a peticionar cuestiones improcedentes en el estadio procesal actual. Obsérvese en este sentido que la supuesta nulidad del boleto de compraventa (base de la demanda entablada por la actora) acusada por el tercero, es un planteo de fondo, que debe ser resuelto por el magistrado de grado al dictar sentencia definitiva. El a-quo no podría adelantar –literalmente- el fallo, decretando la nulidad del boleto en la etapa postulatoria, por considerar “manifiestos” los vicios alegados por el recurrente. Semejante proceder sí sería meritorio de nulificación, por atentar contra la estructura del proceso civil ordinario.<br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- [...] tampoco resulta admisible el planteo de nulidad “de todo lo actuado”, porque: a) Como se dijo, se funda, erróneamente, en una defensa de fondo, pretendiendo un resultado de forma, y; b) no se advierte vulneración del derecho de defensa del recurrente. Sobre este último punto (único relevante para la resolución del planteo de nulidad procesal) ha de señalarse que al apelante se lo tuvo por presentado, se le permitió intervenir como tercero interesado, contestar la demanda y ofrecer la prueba que hace a su derecho. De allí que no se advierte cuál sería el perjuicio que le ocasiona el trámite seguido.<br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- La única actuación respecto a la cual el tercero podría alegar un posible perjuicio es el despacho de la medida cautelar solicitada por la parte actora (anotación de litis) cuestión que, tratándose de un acto separable (y sin perjuicio de que será tratada en el apartado siguiente), no podría fundar la nulificación de la totalidad de las actuaciones (Cfr. art. 174, 2do párrafo, del C.P.C. y C.).<br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- Cabe confirmar la resolución interlocutoria en lo atinente al rechazo del pedido formulado por el tercero en cuanto solicitó el levantamiento de la medida cautelar –anotación de litis-, ya que el principal esfuerzo argumentativo del apelante se circunscribe al cuestionamiento de la verosimilitud del derecho y, en este punto, vuelve a hacer hincapié en el “boleto apócrifo”, cuyo análisis no corresponde realizar en este estadio.<br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5.- Con respecto a la contracautela, tampoco lleva la razón el quejoso. Compartimos el criterio seguido por el a-quo, el que, por lo demás, es coincidente con el que postula la doctrina y jurisprudencia mayoritaria. Esto es, que la caución, al igual que los restantes requisitos de procedencia de las medidas cautelares, deben, en principio, estudiarse con criterio flexible en el caso de la anotación de litis, y llegado el caso, debe exigirse ante la prueba de un perjuicio cierto.<br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 6.- Cabe confirmar la decisión del a-quo en no remitir los autos en vista al Agente Fiscal, toda vez que no se advierte perjuicio alguno, ya que, como bien señaló el magistrado, el apelante posee la facultad de promover la denuncia correspondiente en sede penal o, si así lo desea, puede extraer fotocopias del expediente y presentarlas ante el Ministerio Público correspondiente.<br/>
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 07/06/2016
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACTOS PROCESALES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACTOS PROCESALES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ANOTACION DE LA LITIS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) BOLETO DE COMPRAVENTA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CARACTER APOCRIFO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CONTRACAUTELA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ESCRITOS JUDICIALES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) EXHORTACION A LOS LETRADOS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) FACULTADES DISCIPLINARIAS DEL JUEZ
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) INTERVENCION DE TERCEROS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) JUICIO DE ESCRITURACION
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) MEDIDA CAUTELAR
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) NULIDAD
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) NULIDADES SUSTANCIALES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) OPORTUNIDAD
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PEDIDO DE LEVANTAMIENTO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PERJUICIO CIERTO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRUEBA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RECHAZO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RECHAZO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) TERMINOS INDECOROSOS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) VISTA AL AGENTE FISCAL
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 15
Nombre personal (NR) Barroso, Alejandra
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 49
Nombre personal (NR) Furlotti, Pablo G.
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 33142-2012
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="files/jump.php?biblionumber=547">files/jump.php?biblionumber=547</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Interlocutoria
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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