"H. M. A. C/ V. V. P. S/ REGIMEN DE VISITAS" / (Registro nro. 470)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02615nam a2200229Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2016 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Interlocutoria
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
9 (RLIN) 6
245 11 - CARATULA
Caratula "H. M. A. C/ V. V. P. S/ REGIMEN DE VISITAS" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2016
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 14 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Las costas derivadas del proceso de división de condominio deben imponerse a los co-demandados J. A. N. y L. E. N., en su calidad de co- heredera de J. . P. en la proporción del 50% a cada uno de ellos, y de igual forma las de Alzada. Ello es así, pues la controversia traía a resolución de la Alzada radican en los efectos que tuvo el allanamiento que los condominios co-demandados otorgaron en el proceso, ello en relación a la oportunidad en que lo cumplen y atendiendo a la actividad anterior a la promoción de la demanda que cumpliera el actor, y al respecto se ha sostenido que si quien demanda la división se ve obligado a recurrir a la vía judicial, por la negativa de su condómino a partir privadamente o porque hizo fracasar las gestiones extrajudiciales, y esto se acredita, las costas deben ser soportadas por el demandado por aplicación del principio objetivo de la derrota (conf. Gozaíni, Osvaldo Alfredo, Costas Procesales-Doctrina y Jurisprudencia-, Ed.Ediar 1990, pag. 358/359). (Del voto del Dr. M. MEDORI, en mayoría)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Cabe confirmar la resolución de la instancia de grado que impone las costas por su orden, pues no advierto que los condóminos controvirtieran el derecho que asiste al que ya ha exteriorizado su opción para dividir el condominio, y que más que una negativa que obligara a promover la acción judicial con dicha finalidad, estoy convencido que hubo un impedimento sustancial simultáneo a las intimaciones cursadas por el demandante ajeno a la voluntad de las partes –seria enfermedad que acabó con la vida del administrador judicial, co heredero en la sucesión de la ex condómina-, por tanto, resulta a mi criterio, ajustado a derecho que se impongan las costas como lo hizo la jueza de grado. (Del voto del Dr. F. GHISINI, en minoría)
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 27/04/2016
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PERNOCTE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) REGIMEN DE VISITAS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) REGIMEN DE VISITAS PROVISORIO
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 21
Nombre personal (NR) Ghisini, Fernando Marcelo
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 3
Nombre personal (NR) Medori, Marcelo Juan
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 62259-2013
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/470.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/470.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Interlocutoria
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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