"ACER S.R.L. C/ CORFONE S. A. S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO" / (Registro nro. 3582)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03375nam a22003017a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 220805s2022 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución 19/22
Tipo de Resolución Acuerdo
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 33
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
245 11 - CARATULA
Caratula "ACER S.R.L. C/ CORFONE S. A. S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2022
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 34 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Si la propia Alzada destaca la importancia de la evaluación contextual de la pericia técnica y las demás pruebas aportadas a la causa, empero, concluye irrazonablemente en la confirmación del 5% como monto a descontar por costo de producción sin tener en cuenta los nuevos importes resultantes de la reducción oportunamente efectuada, ello evidencia, sin lugar a dudas, la existencia de un defecto lógico pues la sentencia en crisis llega a una conclusión sustancialmente errada por una incorrecta interpretación de las pruebas producidas en cuanto gastos de producción. En consecuencia procedente el recurso por Inaplicabilidad de Ley con fundamento en la causal prevista en el inciso “c” del artículo 15° de la Ley N° 1406, casándose parcialmente la sentencia de la Cámara de Apelaciones en relación al tópico “gastos de producción”. Se juzga adecuado fijar el 15,70% como porcentaje razonable a deducir del total de la producción de la actora. Por lo tanto, al cálculo oportunamente efectuado por la Alzada deberá descontarse el porcentaje del 15,70%, en concepto de gastos de producción. Dicho descuento deberá ser realizado sobre todas las temporadas adeudadas, esto es, desde el 2007 al 2018.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Si se advierte que la queja de la impugnante solo trasluce una divergencia sobre la labor axiológica desplegada por la Cámara en orden a la confirmación del plazo de producción que, se reitera, fue el pactado por las partes, cabe desestimar el vicio denunciado por la recurrente en orden a la duración del plazo de producción.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- La elección de las pautas para la determinación de la indemnización de daños y perjuicios es facultad privativa de los jueces ordinarios, y esta prerrogativa solo puede ser analizada en la instancia extraordinaria en los excepcionales supuestos en que se ponga de manifiesto la presencia del vicio de absurdo probatorio. Sin perjuicio de ello, la decisión de la Cámara de Apelaciones en cuanto a la confirmación del porcentaje del 5% a descontar del total de la producción, parte de un análisis sesgado de lo informado por el perito agrónomo que no se condice con el resto de las constancias probatorias y contempla variables que resultan inaplicables, lo que se traduce en razonamientos viciados en el marco de la causal analizada.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 20/05/2022
650 #0 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 140
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO PROCESAL
650 #0 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 148
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) EXTRAORDINARIOS LOCALES
650 #0 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SSAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) ABSURDO
9 (RLIN) 900
650 #0 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) ERRÓNEA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA
9 (RLIN) 901
650 #0 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DEBERES Y FACULTADES DEL JUEZ
9 (RLIN) 902
650 #0 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY
9 (RLIN) 251
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 30
Nombre personal (NR) Moya, Evaldo Darío
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 44
Nombre personal (NR) Gennari, María Soledad
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo EXP JNQCI5 352044/2007
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=1cd2fecb2f14a8d3672bb0fdeaf01bff">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=1cd2fecb2f14a8d3672bb0fdeaf01bff</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Acuerdo
998 ## - Información de control local (RLIN)
Catalogador as

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