"L. E. Y OTRO C/ CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DEL NEUQUEN S/ ACCIÓN DE AMPARO" / (Registro nro. 3497)
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000 -CABECERA | |
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Campo de control de longitud fija | 03224nam a22003017a 4500 |
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR) | |
Campo de control de longitud fija | 220520s2022 ag ||||| |||| 00| 0 spa d |
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO | |
Número de Resolución | S/N |
Tipo de Resolución | Interlocutoria |
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR) | |
9 (RLIN) | 1 |
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II |
245 11 - CARATULA | |
Caratula | "L. E. Y OTRO C/ CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DEL NEUQUEN S/ ACCIÓN DE AMPARO" / |
Mención de responsabilidad, etc. (NR) | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II |
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R) | |
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) | 2022 |
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R) | |
Extensión (R) | 11 p. |
Otros detalles físicos (NR) | |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 1.- La vía de amparo es admisible, por cuanto en principio y con la provisionalidad propia de esta etapa procesal, la omisión incurrida por la autoridad administrativa en orden a considerar concretamente la situación de la niña -en el caso presenta una doble vulnerabilidad, ya que es menor de edad y además tiene síndrome de Down- importa una vulneración a su derecho a la educación, de acuerdo con sus posibilidades y que atienda a su progresiva inserción en el sistema educativo provincial, sometiéndola a exigencias para las cuales no se encontraría preparada -su incorporación al nivel primario-, lo que, en definitiva, redundaría en un perjuicio para su interés superior. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 2.- La hija de los amparistas tiene derecho a una educación inclusiva, pero acorde a sus posibilidades y, en principio, este derecho no está siendo reconocido por la demandada como producto de una decisión que aplica un paradigma derivado de la Ley Nacional de Educación 26.206 pero sin hacerse cargo de las especiales condiciones de la niña, por lo cual y a efectos de analizar la admisibilidad de la acción de amparo, esta decisión no aparece como una derivación razonable de la normativa vigente aplicada a la concreta situación de la menor. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 3.- Teniendo en cuenta lo requerido por la Defensoría de los Derechos del Niño y del Adolescente, dado la urgencia de la situación, fundada en la necesidad de la menor de transitar el proceso educativo de acuerdo con los requerimientos especiales indicados por su equipo tratante y el hecho de haber comenzado ya el ciclo lectivo 2022, y considerando la intensa protección que el Estado está obligado a prestar a las personas menores de edad y con discapacidad, es que se ha de hacer lugar a la medida cautelar peticionada por la parte actora, ordenándose al Consejo Provincial de Educación la permanencia de la niña de autos en la sala de cinco años del Jardín, debiendo ser reintegrada inmediatamente a la institución educativa de nivel inicial para el supuesto de encontrarse ya incorporada al nivel primario. |
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R) | |
Fecha de la Resolución (NR) | 06/04/2022 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DERECHO CONSTITUCIONAL |
9 (RLIN) | 114 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | ACCIÓN DE AMPARO |
9 (RLIN) | 134 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DERECHO A LA EDUCACIÓN |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | MENOR |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | PERSONA CON DISCAPACIDAD |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | ADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | MEDIDAS CAUTELARES |
9 (RLIN) | 143 |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 2 |
Nombre personal (NR) | Clerici, Patricia Mónica |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 59 |
Nombre personal (NR) | Noacco, José Ignacio |
774 ## - NUMERO DE LEGAJO | |
Número de Legajo | EXP 100658/2022 |
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R) | |
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) | <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=fa4370d6b056e04fea36534d5685cfe0">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=fa4370d6b056e04fea36534d5685cfe0</a> |
Texto del vínculo (R) | Texto completo |
942 ## - Elementos Agregados (KOHA) | |
Fuente de clasificación o esquema de estanterías | Dewey Decimal Classification |
Tipo de material Koha (Default) | Interlocutoria |
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