"S. C. C. C/ S. J. A. S/ CUIDADO PERSONAL DE LOS HIJOS" / (Registro nro. 3383)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03442nam a22003017a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 211026s2021 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución S/N
Tipo de Resolución Sentencia
110 11 - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 1
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
245 11 - CARATULA
Caratula "S. C. C. C/ S. J. A. S/ CUIDADO PERSONAL DE LOS HIJOS" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2020
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 23 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
490 ## - MENCION DE SERIE (R)
Mención de serie (R) Fallo con Perspectiva de Género
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) Surge de las constancias de autos que el nño no ha sido diagnosticado adecuadamente de los posibles orígenes de su retraso madurativo, como así también que no está recibiendo el tratamiento terapéutico indicado en su oportunidad. Ello, unido al ambiente hostil que vive cuando sus progenitores deben estar juntos y la necesidad que tiene el niño, acentuada por su vulnerabilidad generada por la patología que presenta, de la acción conjunta de ambos padres como parte del tratamiento terapéutico, determinan que no se estén respetando los derechos de la persona menor de edad al disfrute del nivel más alto de salud posible y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y rehabilitación de salud consagrado por el art. 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño, dado que los impedimentos no derivan de temas económicos (el niño cuenta con obra social), sino de la conducta de los progenitores. Por ende, resulta menester que ambos progenitores depongan sus actitudes personales y acompañen conjuntamente a su hijo en todos los tratamientos que se le indiquen a efectos de superar su retraso madurativo, de modo tal de brindarle un ámbito de contención, seguridad y tranquilidad que incentive su desarrollo. A tal fin, no solamente es necesario que se respete la reconstrucción y plena vigencia del régimen de comunicación paterno-filial, el que deberá tener continuidad y no ser perturbado, sino también, que puedan ambos progenitores compartir espacios terapéuticos necesarios para la salud de su hijo, sin incidentes ni tensiones interpersonales. Asimismo, y como parte del derecho a la salud del menor la demandada debe respetar el derecho a la información que tiene el padre no conviviente respecto de las alternativas en la salud del niño, profesionales que intervienen en su tratamiento y demás indicaciones sobre el mismo, el que incluye la consulta previa a adoptar decisiones al respecto y, en su caso, la posibilidad de acordar sobre estas cuestiones. Por ello, de no revertirse urgentemente la situación actual, deberá el Estado, a través del Poder Judicial, adoptar las medidas conducentes para restablecer al niño en el goce del derecho conculcado
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 20/10/21
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO CIVIL
9 (RLIN) 99
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) FAMILIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) CUIDADO PERSONAL DE LOS HIJOS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) VIOLACIÓN AL DEBER DE CUIDADO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) CESACIÓN DE HOSTILIDADES
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) ACOMPAÑAMIENTO TERAPÉUTICO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 2
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 59
Nombre personal (NR) Noacco, José Ignacio
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 93396/2020
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=728a8283ad9ccb9036992415b1a4a253">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=728a8283ad9ccb9036992415b1a4a253</a>
Texto del vínculo (R) Texto Completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencia

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