"PROVINCIA DEL NEUQUEN C/ YPF S. A. S/ COBRO EJECUTIVO" / (Registro nro. 3335)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02632nam a22002657a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 210831s2021 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución 03/21
Tipo de Resolución Acuerdo
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 33
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
245 11 - CARATULA
Caratula "PROVINCIA DEL NEUQUEN C/ YPF S. A. S/ COBRO EJECUTIVO" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2021
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2018
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 21 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) Es procedente el recurso de Nulidad Extraordinario deducido por la parte actora por configurarse el vicio alegado por la recurrente y, en consecuencia, corresponde nulificar la resolución de la Cámara de Apelaciones, pues a la luz de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha sostenido que si el planteo de la ejecutada excede el análisis de las formas extrínsecas del título, dado que intenta cuestionar su calidad de deudora, pero no sobre la base de las constancias de aquél, sino de circunstancias que remiten necesariamente al estudio de la causa de la obligación, corresponde rechazar la excepción de inhabilidad de título deducida y mandar llevar adelante la ejecución (cfr. Fallos: 331:846). Consecuentemente, siguiendo los lineamientos trazados hasta aquí, el pedido de apertura a prueba formulado por la ejecutada debió ser desestimado a la luz de la doctrina y jurisprudencia citadas. Con lo cual, puede constatarse que le asiste razón a la recurrente, en tanto no corresponde extraer válidamente de los fundamentos vertidos en los precedentes examinados, un criterio disímil que autorice a estimar debidamente considerado y resuelto el punto controversial traído en revisión, cual es la apertura a prueba en el presente proceso ejecutivo. En virtud de las consideraciones vertidas, se concluye que en el decisorio dictado por el Ad quem se ha omitido la debida motivación exigida por el artículo 238 de la Constitución Provincial, pues resultan los vicios detectados de tal entidad que el fallo se ve privado de razones suficientes para justificar la decisión adoptada y, por consiguiente, aparejan la nulidad del pronunciamiento recurrido.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 12/02/2021
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO PROCESAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RECURSOS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RECURSO DE NULIDAD EXTRAORDINARIO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) OMISIÓN DE CUESTION ESENCIAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) JUICIO EJECUTIVO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) APERTURA A PRUEBA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) IMPROCEDENCIA
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 17
Nombre personal (NR) Busamia, Roberto Germán
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 30
Nombre personal (NR) Moya, Evaldo Darío
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo EXP JNQJE1 593408/2018
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=7c992202a8313af928f7a5f859b9b10b">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=7c992202a8313af928f7a5f859b9b10b</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Acuerdo

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