"GUZMAN MARCOS MANUEL C/ GALENO ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO CON ART" / (Registro nro. 2941)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 05729nam a22004337a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 200113s2019 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 6
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
245 11 - CARATULA
Caratula "GUZMAN MARCOS MANUEL C/ GALENO ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO CON ART" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Secretaría Sala III
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2019
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2015
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 22 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- La psicóloga descartó patologías previas al acontecimiento de autos, desarrollo las consecuencias psicológicas del hecho traumático como el accidente de autos y su incidencia en la salud del actor. Ello relacionándolo puntualmente con las conclusiones de los tests practicados, dictaminando RVAN grado II con una incapacidad del 10% más factores de ponderación (dificultad para tareas habituales alta 10%; posibilidad de reubicación laboral, amerita, 10% y edad 2%) por lo que el total es de 14,5%. (Del voto del Dr. Pascuarelli, en mayoría).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- En punto al cuestionamiento de la determinación de la incapacidad psicológica realizado por el actor en su recurso cabe partir de considerar que la competencia de la Alzada se encuentra limitada a los temas sometidos a su decisión mediante la apelación (arts. 265 y 271 del C.P.C. y C.) que hayan sido oportunamente propuestos a la decisión del inferior (art. 277) y en ese contexto el agravio no resulta procedente (el actor planteo una acción sistémica, no cuestionó la validez del baremo del decreto 659/96 ni planteo su inconstitucionalidad, sino que cuestionó la validez probatoria del informe pericial). (Del voto del Dr. Pascuarelli, en mayoría)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- La cuestión traída a examen no implica un apartamiento del dictamen pericial médico producido en autos, puesto que en rigor lo que hizo la experta actuante fue limitarse a informar con sustento en lo que dice el baremo, reproduciendo sus términos frente a una secuela claramente determinada en su existencia y extensión. El tema en cuestión –una vez verificada la situación de hecho, conforme lo hizo la perito con la placa e informe odontológico -, trasciende ampliamente la labor pericial y está constituida por determinar en términos jurídicos, si es razonable la exclusión del sistema tarifado de riesgos del trabajo, la pérdida de piezas dentarias. (Del voto del Dr. Ghisini, en minoría).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- No existe racionalidad en la exclusión que en forma imprecisa y ambigua trae el listado sobre el tema examinado, de lo que se sigue que constituye una restricción inaceptable de derechos y garantías de rango convencional y constitucional que termina desnaturalizando la norma que se propuso reglamentar, debiendo declararse su inconstitucionalidad (arts. 28, 31, 99 inc. 2 de la Constitución Nacional y artículo 8 inc. 3 de la ley 24.557). La declaración precedente acarrea además la inconstitucionalidad del artículo 9 de la ley 26.773, por cuanto establece el inaceptable mandato para el Poder Judicial de aplicar una regla que es decididamente inconstitucional. (Del voto del Dr. Ghisini, en minoría).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5.- De acuerdo con el baremo de la Asociación Argentina de Compañías de Seguro (AACS) –que es por ejemplo el que utilizará una aseguradora en el marco de una cobertura de daños y perjuicios-, la pérdida de un incisivo acarrea una incapacidad del 2%, de lo que se sigue que las piezas dentarias 11 (incisivo central superior derecho), 21 (incisivo central superior izquierdo) y 22 (incisivo lateral superior izquierdo), acarrea una incapacidad parcial y permanente del 6% (cfr. baremo disponible en http://www.aacs.org.ar/doc /baremo/baremo.pdf). Consecuentemente, la incapacidad psicofísica parcial y permanente –por aplicación de la fórmula de la capacidad restante-, se determina del siguiente modo: [[(100% – 10% de incapacidad psicológica) x 6 de incapacidad física] / 100] + 10 = 15,4%. Si al porcentaje de incapacidad psicofísica anteriormente determinado (15,4%) se le suma la dificultad leve para la realización de las tareas (1,54%) y la edad (2%), se arriba a una incapacidad parcial y permanente del 18,94 % sobre la T.O. (Del voto del Dr. Ghisini, en minoría)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 6.- […] como lo expresara en autos “SAN MARTIN VELOSO ITALO Y. CONTRA LIBERTY ART S.A. SOBRE ACCIDENTE DE TRABAJO CON ART” (JNQLA3 EXO 469611/2012), en el ámbito de la L.R.T., el daño que se indemniza es la limitación funcional. Es decir, que la incapacidad es valorada solo desde el menoscabo de la actividad productiva. En el caso, conforme la prueba producida, no se ha acreditado tal limitación en relación a la perdida de las piezas dentarias. (Del voto de la Dra. Pamphile, en mayoría).
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 27/08/2019
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO DEL TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) ACCIDENTE DE TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INCAPACIDAD PSICOFISICA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INFORME PERICIAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) VALORACIÓN DE LA PRUEBA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PIEZAS DENTARIAS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PROTESIS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) BAREMO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DETERMINACIÓN DE LA INCAPACIDAD
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INCAPACIDAD LABORAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INCONSTITUCIONALIDAD
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INDEMNIZACIÓN
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DAÑO INDEMNIZABLE
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DISIDENCIA
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 21
Nombre personal (NR) Ghisini, Fernando Marcelo
Término de relación (R) Disidencia
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 4
Nombre personal (NR) Pascuarelli, Jorge Daniel
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 32
Nombre personal (NR) Pamphile, Cecilia
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo EXP 506175/2015
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2941.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2941.pdf</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
998 ## - Información de control local (RLIN)
Catalogador CP

No hay ítems disponibles.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha