"RADINO GERARDO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ RECURSO AR.46 LEY 24557" / (Registro nro. 2185)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 01877nam a2200229Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2018 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
9 (RLIN) 5
245 11 - CARATULA
Caratula "RADINO GERARDO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ RECURSO AR.46 LEY 24557" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2018
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 7 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) Corresponde declarar prescripta la acción instaurada con fundamento en un accidente de trabajo, toda vez que el punto de partida del cómputo del plazo de prescripción debe ubicarse en el alta médica, en tanto fue, en esa oportunidad, en la que la ART debió expedirse sobre la existencia o inexistencia de incapacidad y, en su caso, abonar la prestación correspondiente.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- La formulación del reclamo ante la Comisión Médica local, produce la interrupción del plazo prescriptivo por aplicación del art. 257 de la LCT. Pero lo cierto es que, aún tomando como fecha la del 10/05/2010, a dicha fecha ya había transcurrido el plazo de la prescripción –bianual- , por lo que mal podía ser interrumpida. La interrupción supone que el plazo aún no se hubiera agotado; en este caso, estaba agotado puesto que ya habían transcurrido dos años desde el alta médica, sin que surja de la prueba rendida en autos, que en el transcurso de esos dos años, el recurrente hubiera efectuado reclamo alguno con relación a este siniestro.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 27/09/2018
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACCIDENTE DE TRABAJO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACCIDENTE DE TRABAJO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRESCRIPCION
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Pascuarelli, Jorge Daniel
9 (RLIN) 4
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Pamphile, Cecilia
9 (RLIN) 32
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 443050-
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2185.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2185.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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