"SOLIS RICARDO OMAR C/ PROVINCIA DEL NEUQUEN S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" / (Registro nro. 194)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02805nam a2200337Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2015 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
9 (RLIN) 6
245 11 - CARATULA
Caratula "SOLIS RICARDO OMAR C/ PROVINCIA DEL NEUQUEN S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2015
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 7 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Cabe confirmar la sentencia que rechaza la demanda en concepto de daños y perjuicios con fundamento en que no se ha comprobado que los médicos de la accionada incurrieran en negligencia, toda vez que la pericia médica médica considera que la infección sufrida pudo obedecer a varios motivos y que el tratamiento brindado fue el correcto. Ello así, de ninguna manera se ha comprobado la denunciada negligencia médica, cuya prueba estaba a cargo del actor, por aplicación de la normativa del art. 377 del CPCC, más allá de la novedosa norma referida de posterior dictado que clarifica la situación especifica desde el derecho de fondo. Es más ambas pericias médicas producidas en autos apoyan el obrar diligente de los profesionales dependientes de la provincia.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- En lo que hace a la responsabilidad subjetiva del profesional, cabe tener en cuenta que resulta de aplicación en la materia un cierto afinamiento del concepto de culpa, dada la mayor diligencia que incumbe al profesional por el conocimiento técnico que posee de la materia. Así, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1725, la conducta del experto debe valorarse realizando un paralelismo entre su accionar y el que hubiera prestado un buen profesional, y no frente a la conducta de un hombre medio. Esta norma que no cuenta con análoga en el ordenamiento anterior, sienta las reglas básicas de la responsabilidad profesional, y establece que en principio, el experto responderá por su accionar negligente, salvo que se haya obligado a obtener el resultado perseguido por la víctima.(p. 630 y ss., t. VIII, Cód. Civ. y Com. Com. Lorenzetti).
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 03/11/2015
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CARGA DE LA PRUEBA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DAÑOS Y PERJUICIOS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) INFORME PERICIAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) MALA PRAXIS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) NEGLIGENCIA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) OBLIGACIONES DE HACER
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PROCESO INFECCIOSO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PROFESIONALES LIBERALES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RECHAZO DE LA DEMANDA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RESPONSABILIDAD MEDICA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RESPONSABILIDAD SUBJETIVA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) VALORACIÓN DE LA PRUEBA
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Ghisini, Fernando Marcelo
9 (RLIN) 21
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Medori, Marcelo Juan
9 (RLIN) 3
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 331056-2005
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/194.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/194.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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