"ROCAMORA ALBERTO LUIS C/ SUCESORES DE MIKALCIUS JACINTO S/ PRESCRIPCION" / (Registro nro. 1748)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02030nam a2200229Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2018 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Interlocutoria
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
9 (RLIN) 6
245 11 - CARATULA
Caratula "ROCAMORA ALBERTO LUIS C/ SUCESORES DE MIKALCIUS JACINTO S/ PRESCRIPCION" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2018
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 5 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) Corresponde revocar el auto que ordena a la actora cumplir con la citación de los herederos del co demandado en el domicilio real, debiéndose continuar con el trámite de la causa conforme su estado, toda vez que las resoluciones por las que se dispuso la citación de los sucesores por edicto y por la que se revocó la notificación en el domicilio real se encuentran firmes y consentidas, y en lo fundamental, habiendo avanzado el trámite hasta la etapa probatoria sin cuestionamiento, luego de haber otorgado la intervención y contestado la demanda la Defensora oficial designada en representación de los declarados ausentes -por aplicación de la regla contenida en el art. 343 del CPCyC- carece de justificación ni apoyo en regla procesal alguna que se le imponga al actor la carga de citar en el domicilio real a aquellos o “tratar de hacer llegar a conocimiento del interesado la existencia del juicio”, cuando además tal exigencia resulta alcanzada por los efectos del instituto de la preclusión -que es de orden público -arts. 150 y 155 CPCyC-, luego de haber sido revocada por auto de fecha 13.09.2017 semejante modalidad de citación.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 10/04/2018
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACTOS PROCESALES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CITACION AL DOMICILIO REAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CITACION DE LOS HEREDEROS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRECLUSION PROCESAL
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 3
Nombre personal (NR) Medori, Marcelo Juan
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 21
Nombre personal (NR) Ghisini, Fernando Marcelo
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 472765
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1748.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1748.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Interlocutoria
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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