"ROSENFELD ESTER S/ INCIDENTE DE NULIDAD (EN AUTOS 508091/2015)" / (Registro nro. 1685)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02090nam a2200241Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2018 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Interlocutoria
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
9 (RLIN) 6
245 11 - CARATULA
Caratula "ROSENFELD ESTER S/ INCIDENTE DE NULIDAD (EN AUTOS 508091/2015)" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2018
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 7 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) Es procedente la nulidad articulada contra la resolución mediante la cual de oficio, se deja sin efecto la audiencia confesional de la parte codemandada que fue solicitada por la otra demandada, con el fundamento de que no reúne la condición de “parte contraria” en los términos del art. 404 del CPCC. Ello así, por cuanto siguiendo un criterio de interpretación amplia en la materia, como lo habilitan los arts. 364 y 378 del CPCyC respecto a que se encuentran habilitados todos aquellos medios de prueba que no fueren manifiestamente improcedentes, superfluos, meramente dilatorios, afecten la moral, la libertad personal de los litigantes o de terceros, o no estén expresamente prohibidos para el caso. En consecuencia, cabe concluir en que no existe obstáculo para disponer que se produzca la absolución de posiciones solicitada y ordenada, y en ello le asiste razón a la recurrente -incidentista- respecto a que la resolución por la que se despachó la prueba ofrecida (…) no fue objeto de impugnación por el actor ni la codemandada, tampoco formularon oposición oportunamente, por lo que habían operado los efectos de preclusión a tal fin (arts. 360, 486, 155 y 150 del CPCyC).
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 06/02/2018
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ABSOLUCION DE POSICIONES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CODEMANDADA ABSOLVENTE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ETAPAS DEL PROCESO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PROCEDENCIA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRUEBA CONFESIONAL
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 3
Nombre personal (NR) Medori, Marcelo Juan
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 21
Nombre personal (NR) Ghisini, Fernando Marcelo
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 23443-
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1685.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1685.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Interlocutoria
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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