"G. M. T. C/ SUCESORES D. M. M. G. S/ RECLAMACION DE FILIACION Y BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (AUTOS RECARATULADOS)" / (Registro nro. 1488)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02320nam a2200229Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2017 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Interlocutoria
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I
9 (RLIN) 7
245 11 - CARATULA
Caratula "G. M. T. C/ SUCESORES D. M. M. G. S/ RECLAMACION DE FILIACION Y BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (AUTOS RECARATULADOS)" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2017
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 6 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Corresponde disponer que la instancia de grado prosiga con el presente trámite en donde se instó una acción de filiación extramatrimonial contra los sucesores del causante (cónyuge e hijos), por cuanto el art. 582 del Código Civil y Comercial, al regular las reglas generales para las reclamaciones de filiación, establece que el hijo puede reclamar su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores y en caso de haber fallecido alguno de ellos, la acción se dirige contra sus herederos.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- En relación a los fundamentos que da la señora juez a quo en cuanto a que la prosecución de este trámite podría afectar los derechos de defensa de terceros legitimados y nunca citados y que no resulta suficiente la acreditación del vínculo del causante con los herederos denunciados, ello no es óbice para la continuación de este juicio, en razón que la declaratoria de herederos a dictarse en el proceso sucesorio no es propiamente una sentencia y no pone fin al mismo, sino que solo establece la calidad de herederos de los presentados y es susceptible de ampliarse si se presentan otros coherederos. A ello se suma que la actora de estos obrados carece de legitimación para promover tal proceso universal.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 14/11/2017
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACCION DIRIGIDA CONTRA LOS HEREDEROS DEL PROGENITOR
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACCIONES DE FILIACIÓN
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACCIONES DE RECLAMACION DE FILIACION
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) LEGITIMACION PASIVA
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 14
Nombre personal (NR) Barrese, María Julia
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 73731-2016
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1488.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1488.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Interlocutoria
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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