"ARANDA PRUDENCIO C/ MONTEIRO ANIBAL OMAR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS BENEFICIO EXPTE. 304362/3" / (Registro nro. 1127)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 04927nam a2200397Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2017 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
9 (RLIN) 6
245 11 - CARATULA
Caratula "ARANDA PRUDENCIO C/ MONTEIRO ANIBAL OMAR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS BENEFICIO EXPTE. 304362/3" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2017
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 20 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- [..] ..El ámbito de conocimiento de la alzada se encuentra limitado por el contenido de las cuestiones sometidas a la decisión del juez de la causa. De ahí entonces que no resulte admisible la introducción de argumentos que no fueron objeto de debate en la instancia precedente (CNCiv, Sala G, 15.8.81, ED 97-624)”.(De Santo, El proceso civil, t. VIII-A, p.304/305).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Corresponde confirmar la la sentencia en crisis, que al advertir acerca de la falta de controversia sobre la ocurrencia del siniestro, rodados y personas involucradas, establece aplicable la presunción de responsabilidad objetiva prevista en el art. 1.113 segunda parte del Código Civil, para determinar en un 30% la del titular registral de la camioneta estacionada y en el 20% la del conductor del vehículo, con la culpa concurrente de la víctima en un 50%, con fundamento en el aporte causal que tuvieron las conductas imprudentes y antirreglamentarias, el último, ciclista por trasportar a un tercero, el primero por mantener la puerta abierta del rodado estacionado que obstruía la circulación de los restantes por la vía pública, y el segundo, que, por la velocidad que llevaba o por no guardar la debida distancia, le impidió detener adecuadamente la marcha del rodado, y generó el contacto con la bicicleta; cuantifica la indemnización por incapacidad sobreviniente ($20.000), el daño moral ($9.000,00), los gastos médicos, de farmacia y traslado ($750), y por tratamiento psicoterapéutico futuro ($3.000,00).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- Resulta en principio innegable la imprudencia y la violación reglamentaria de la víctima, conductor del rodado menor que lo hacía transportando a otra persona, conforme lo previsto en el inc. e) del art. 40bis de la Ley de Tránsito N°24.449, situación generadora de certeza acerca de la dificultad que tenia para ver hacia el frente de tal forma de anticiparse a la existencia de obstáculos, y además, controlar la maniobrabilidad y estabilidad del rodado, tratándose de una calle céntrica de intenso tránsito.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- Cuando su imprudencia ha obrado como causa determinante del daño, aquellos deben asumir las consecuencias de su conducta (art. 1.111 Cód. Civil),
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5.- Si bien por un lado el obrar del actor por la forma en que guiaba la bicicleta generó importantes factores en la causalidad del evento dañoso, por el otro también lo hizo el proceder del automovilista y el propietario de la camioneta estacionada que obstruyó la circulación del birrodado (cfme. arts. 901 y 906 del Cód. Civil), más no se reunieron las condiciones de imprevisibilidad e inevitabilidad (arts. 513 y 514 ídem) requeridas para eximir de responsabilidad a los segundos en los términos del art. 1.113 del Código Civil,
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 6.- A los fines de evaluar la conducta de los demandados, el propietario del vehículo estacionado cuya puerta fue abierta hacia el centro de la calle y el que circulaba conduciendo un rodado por detrás de la bicicleta, vale recordar que por involucrar cosas susceptibles de generar daños a terceros, tal tarea se habrá de concretar atendiendo a la expresa regulación contenida en el art. 1.113 del Código Civil:
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 7.- El accidente se produjo no sólo por la conducta del actor que transitaba por la vía pública violando reglas de tránsito elementales y exponiéndose abiertamente al peligro, sino también y en menor medida por el propietario del rodado estacionado que introdujo un obstáculo a la circulación, que directamente se conecta con aquel déficit, más que de no haberse presentado, seguramente no hubiera requerido la maniobra de la que se derivó el daño.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 13/06/2017
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACCIDENTE DE TRANSITO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ATRIBUCION DE RESPONSABILIDAD
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CAMIONETA ESTACIONADA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CICLISTA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) COLISION ENTRE AUTOMOTORES Y CICLISTA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CONCUCTOR DEL AUTOMOVIL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CULPA CONCURRENTE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DAÑOS Y PERJUICIOS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) IMPRUGENCIA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) INDEMNIZACION POR DAÑO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRESUNCION DE RESPONSABILIDAD
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RESPONSABILIDAD OBJETIVA
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Ghisini, Fernando Marcelo
9 (RLIN) 21
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Medori, Marcelo Juan
9 (RLIN) 3
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 304187-2003
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1127.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1127.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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