"LUNA ISOLINA GRISELDA Y OTRO C/ FERRARI MARCIAL MARTIN S/ D.Y P. X USO AUTOM. C/ LESION O MUERTE" /
"LUNA ISOLINA GRISELDA Y OTRO C/ FERRARI MARCIAL MARTIN S/ D.Y P. X USO AUTOM. C/ LESION O MUERTE" /
Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
- 2016
- 10 p. pdf
La incapacidad sobreviniente está representada por las secuelas o disminución física o psíquica que queda luego de completado el período de recuperación o restablecimiento del hecho dañoso, produciéndose un quebranto patrimonial indirecto, derivado de las limitaciones que se presenta al reanudar las actividades habituales y al establecerse la imposibilidad -total o parcial- de asumirlas y cumplirlas adecuadamente. 2.- El monto indemnizatorio otorgado a una de las víctimas de un accidente de tránsito en concepto de incapacidad sobreviniente debe ser reducido. En tal sentido, observo que el dictamen - la magistrada ha seguido los aportes del perito médico a efectos de cuantificar este rubro y detalla las lesiones: politraumatismos varios, traumatismo cervical importante, traumatismo de hombro izquierdo con importante limitación funcional, traumatismo de rodilla izquierda-- se basa en conclusiones breves y categóricas, y si bien el experto menciona el método que siguió para arribar a aquellas, no explica ni sustenta que las lesiones sean consecuencia del accidente de tránsito sufrido por los actores. Por lo tanto, atendiendo a la verdadera incidencia sobre el actor y demás circunstancias personales, estimo que la suma otorgada por la juzgadora -
04/10/2016
ACCIDENTE DE TRÁNSITO CALCULO DE LA INDEMNIZACION CUANTIFICACION DEL DAÑO DAÑO MORAL DAÑOS Y PERJUICIOS DICTAMEN PERICIAL GASTOS DE FARMACIA, ASISTENCIA MEDICA Y RADIOGRAFIAS INCAPACIDAD SOBREVINIENTE INDEMNIZACION VALORACION DE LA PRUEBA VALUACION DEL DAÑO
La incapacidad sobreviniente está representada por las secuelas o disminución física o psíquica que queda luego de completado el período de recuperación o restablecimiento del hecho dañoso, produciéndose un quebranto patrimonial indirecto, derivado de las limitaciones que se presenta al reanudar las actividades habituales y al establecerse la imposibilidad -total o parcial- de asumirlas y cumplirlas adecuadamente. 2.- El monto indemnizatorio otorgado a una de las víctimas de un accidente de tránsito en concepto de incapacidad sobreviniente debe ser reducido. En tal sentido, observo que el dictamen - la magistrada ha seguido los aportes del perito médico a efectos de cuantificar este rubro y detalla las lesiones: politraumatismos varios, traumatismo cervical importante, traumatismo de hombro izquierdo con importante limitación funcional, traumatismo de rodilla izquierda-- se basa en conclusiones breves y categóricas, y si bien el experto menciona el método que siguió para arribar a aquellas, no explica ni sustenta que las lesiones sean consecuencia del accidente de tránsito sufrido por los actores. Por lo tanto, atendiendo a la verdadera incidencia sobre el actor y demás circunstancias personales, estimo que la suma otorgada por la juzgadora -
04/10/2016
ACCIDENTE DE TRÁNSITO CALCULO DE LA INDEMNIZACION CUANTIFICACION DEL DAÑO DAÑO MORAL DAÑOS Y PERJUICIOS DICTAMEN PERICIAL GASTOS DE FARMACIA, ASISTENCIA MEDICA Y RADIOGRAFIAS INCAPACIDAD SOBREVINIENTE INDEMNIZACION VALORACION DE LA PRUEBA VALUACION DEL DAÑO