"ROSPIDE SANDRA MONICA C/ PROVINCIA DEL NEUQUEN S/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA" /
"ROSPIDE SANDRA MONICA C/ PROVINCIA DEL NEUQUEN S/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA" /
Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa
- 2016
- 21 p. pdf
Corresponde hacer lugar parcialmente a la acción procesal administrativa deducida contra la Provincia de Neuquén a causa de la inactividad u omisión antijurídica de la Dirección Provincial de Rentas en procurar y percibir los impuestos por los ingresos brutos e inmobiliarios determinados al contribuyente RENT MOVIL S.A. mediante Resolución N° 411/98 de la DPR, como consecuencia de la verificación llevada a cabo en su carácter de fiscalizadora externa en el marco del convenio firmado entre el Consejo Público de Ciencias Económicas de Neuquén y la DPR, en atención a la falta de certeza sobre lo acontecido con la percepción de los impuestos determinados, y por otro lado, la ausencia de certeza sobre la posibilidad de que la Provincia percibiera la totalidad de la deuda determinada, empero cabe hacer lugar a la demanda atento el menoscabo sufrido por la actora que configura una “pérdida de chance”, estimando prudencialmente el monto por dicho rubro en la suma de
02/02/2016
AUSENCIA DE ACREDITACION CONTADORA DAÑOS Y PERJUICIOS FISCALIZADORA EXTERNA HONORARIOS INDEMNIZACION POR DAÑO PERCEPCION DE IMPUESTOS PERDIDA DE CHANCE PROVINCIA PRUEBA VERIFICACION IMPOSITIVA
Corresponde hacer lugar parcialmente a la acción procesal administrativa deducida contra la Provincia de Neuquén a causa de la inactividad u omisión antijurídica de la Dirección Provincial de Rentas en procurar y percibir los impuestos por los ingresos brutos e inmobiliarios determinados al contribuyente RENT MOVIL S.A. mediante Resolución N° 411/98 de la DPR, como consecuencia de la verificación llevada a cabo en su carácter de fiscalizadora externa en el marco del convenio firmado entre el Consejo Público de Ciencias Económicas de Neuquén y la DPR, en atención a la falta de certeza sobre lo acontecido con la percepción de los impuestos determinados, y por otro lado, la ausencia de certeza sobre la posibilidad de que la Provincia percibiera la totalidad de la deuda determinada, empero cabe hacer lugar a la demanda atento el menoscabo sufrido por la actora que configura una “pérdida de chance”, estimando prudencialmente el monto por dicho rubro en la suma de
02/02/2016
AUSENCIA DE ACREDITACION CONTADORA DAÑOS Y PERJUICIOS FISCALIZADORA EXTERNA HONORARIOS INDEMNIZACION POR DAÑO PERCEPCION DE IMPUESTOS PERDIDA DE CHANCE PROVINCIA PRUEBA VERIFICACION IMPOSITIVA