"TORRES NATALIA ALEJANDRA C/ LEAL ARIAS CARLOS GAMALIEL Y OTRO S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" /

"TORRES NATALIA ALEJANDRA C/ LEAL ARIAS CARLOS GAMALIEL Y OTRO S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I - 2019 2016 - 11 p. pdf.

El conductor del vehículo que embistiera a una motociclista es el único responsable del siniestro, toda vez que, no ha quedado acreditado que el conductor del birrodado realizara una maniobra antirreglamentaria (circular en contramano). Y, sabido es que el “hecho del damnificado” debe ser acreditada de manera tal de no dejar margen de duda: vigente el Código Civil anterior, hemos sostenido un estándar de prueba riguroso en lo que hace a la culpa de la víctima (o bien, “hecho del damnificado”, en la terminología de la nuevo Código). Y este criterio se mantiene con régimen actual. No debe pasarse por alto que, en definitiva, el Código prevé una presunción legal de responsabilidad sobre el dueño y guardián de la cosa riesgosa, en este caso el automotor (arts. 1757, 1758 y 1769).

16/05/2019




DAÑOS Y PERJUICIOS
ACCIDENTE DE TRANSITO
COLISION ENTRE AUTOMOVIL Y MOTOCICLETA
ATRIBUCIÓN DE RESPONSABILIDAD
CULPA DE LA VICTIMA
FALTA DE PRUEBA

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha