"ORELLANA MARIA LUISA S/ SUCESION AB-INTESTATO X CUERDA CON "FUENTES JORGE S/ SUCESION AB-INTESTATO" /

"ORELLANA MARIA LUISA S/ SUCESION AB-INTESTATO X CUERDA CON "FUENTES JORGE S/ SUCESION AB-INTESTATO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III - 2019 - 8 p. pdf

1.- El impuesto retributivo debe ser abonado por el heredero que estando en uso y goce exclusivo de la propiedad inmueble, integrante del acervo hereditario, se ha beneficiado por los servicios prestados a la propiedad. 2.- Si el inmueble fue habitado y ha sido utilizado de manera exclusiva por uno de los herederos, es este último quien debe hacerse cargo de los gastos devengados por impuestos retributivos durante dicho período.

21/02/2019




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