"FLORES MARCOS JAVIER C/ MENDEZ JOSE LUIS S/ COBRO DE HABERES" /

"FLORES MARCOS JAVIER C/ MENDEZ JOSE LUIS S/ COBRO DE HABERES" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III - 2018 - 8 p. pdf

Si la inconducta del trabajador no configuró por sí sola un incumplimiento de entidad suficiente, no justifica el despido. Consecuentemente, en función de la entidad de la falta cometida, el empleador debió darle una oportunidad al actor, sancionándolo en el caso, con una falta menor (llamado de atención, suspensión, etc.), pero no directamente con el despido, máxime cuando no es un comportamiento que habitualmente tenia el actor. Esta conclusión encuentra sustento en el principio de buena fe, el cual, entre otras cosas, obliga a ambas partes de la relación a tener en miras la subsistencia del vínculo y no su disolución.

10/04/2018



BUENA FE CONTRATO DE TRABAJO DESPIDO SIN CAUSA PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD VALORACION DE LA INJURIA

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