"DECUZZO JOHANNA MARLENE C/ SANDOBAL ANGEL ARTURO S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" /

"DECUZZO JOHANNA MARLENE C/ SANDOBAL ANGEL ARTURO S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II - 2017 - 10 p. pdf

Cabe atribuir responsabilidad al demandado en el acaecimiento del accidente de tránsito de autos, dado que fue el embistente cuando efectuaba una maniobra de giro a la izquierda con la intención de continuar circulando por la calle por la que circulaba con prioridad de paso el automovil del actor. 2.- Dado que el padecimiento espiritual de la actora ha sido importante, ya que tuvo que afrontar dos meses y medio de tratamiento para curar la lesión sufrida, padeciendo de fuertes dolores durante ese lapso o, cuanto menos, gran parte de él; que la inmovilidad de la mano izquierda determinó la imposibilidad de trabajar en su negocio y que actualmente la secuela de la fractura incide en el ejercicio de su profesión, la que es principalmente manual, la suma establecida para reparar el daño moral ($ 100.000) resulta una justa indemnización por el dolor espiritual que razonablemente pudo haber padecido la demandante.

14/09/2017



ACCIDENTE DE TRANSITO ATRIBUCION DE RESPONSABILIDAD DAÑO MORAL DAÑOS Y PERJUICIOS PRIORIDAD DE PASO VEHICULO EMBISTENTE

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha