" T., J. L. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR LA CONVIVENCIA PREEXISTENTE" / Tribunal de impugnación

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoDescripción: 30 p. pdf 326KBISBN:
  • N° 47/18
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La defensa hizo una mera referencia a lo excesivo de la pena impuesta, diciendo que era demasiado alta, sin efectuar una crítica sobre la misma. Tan es así que tanto la fiscalía como la Defensoría del Niño, no contestaron este agravio por entender que no había sido desarrollado. Al respecto, no habiendo la defensa en la audiencia de impugnación efectuado una crítica concreta de los agravantes tenidos en cuenta por el Tribunal de juicio, es que este Tribunal de Impugnación no puede evaluar de manera alguna si los agravantes considerados por aquel Tribunal (ser tío, aprovecharse de encontrarse en la misma casa, el daño psicológico provocado y la reiteración de los hechos), fueron correctamente considerados para imponer la pena impuesta. Por otro lado -de hacerlo-, se estaría violando el contradictorio, pues ni la fiscalía ni la Defensoría del Niño y del Adolescente, tuvieron oportunidad de defender tales agravantes, por no existir una crítica al respecto.
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La defensa hizo una mera referencia a lo excesivo de la pena impuesta, diciendo que era demasiado alta, sin efectuar una crítica sobre la misma. Tan es así que tanto la fiscalía como la Defensoría del Niño, no contestaron este agravio por entender que no había sido desarrollado.
Al respecto, no habiendo la defensa en la audiencia de impugnación efectuado una crítica concreta de los agravantes tenidos en cuenta por el Tribunal de juicio, es que este Tribunal de Impugnación no puede evaluar de manera alguna si los agravantes considerados por aquel Tribunal (ser tío, aprovecharse de encontrarse en la misma casa, el daño psicológico provocado y la reiteración de los hechos), fueron correctamente considerados para imponer la pena impuesta. Por otro lado -de hacerlo-, se estaría violando el contradictorio, pues ni la fiscalía ni la Defensoría del Niño y del Adolescente, tuvieron oportunidad de defender tales agravantes, por no existir una crítica al respecto.

31/07/2018

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