"CURICHE, V. S/ABUSO SEXUAL" / Tribunal de Juicio

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• Dado que la modalidad bajo la que se elevó el caso a juicio fue la del delito continuado, la imprecisión en fechas concretas y horarios no es un obstáculo para entender acreditado el tiempo.
• Quizá a partir del testimonio de cámara Gesell de la víctima, pueda pensarse en un período más extenso (cuestión que queda por fuera de este juicio por el marco concreto que puso la acusación), pero no en una inexistencia de prueba para el período temporal por el que el Sr. Curiche fue acusado.
• Los lugares existen y fueron señalados por la víctima. No entendemos que fuera necesaria una descripción mayor, ya que no existió ningún punto controvertido al respecto ni ningún detalle específico de relevancia para poner una exigencia mayor.
• No encontramos razón en el cuestionamiento vinculado con el vehículo en que estuvo Curiche con la víctima detrás de las vías, en tanto está acreditado que tenía y conducía vehículos.
• Está acreditado que la víctima sufrió una penetración por el informe de la Dra. Trifilio (forense), que declaró en ese sentido. (…) Desde la perspectiva del tribunal, sí resulta suficiente la descripción que realiza la víctima sobre lo sucedido, para tener por acreditada la penetración. Establecer la exigencia de que realice una descripción (detallada) para tener por probado que hubo penetración, nos resulta un exceso con relación a las posibilidades de expresión de la víctima y al contexto en el que brinda su declaración.
• Debe considerarse que no se trató de una develación voluntaria, sino accidental. En el testimonio de la víctima se ve la ambivalencia (señalada por la psicóloga forense): cierta consciencia de que sufrió un abuso mezclada con sentimientos hacia Curiche, que la llevan a decir que tenían un noviazgo, que creía que “eran de la misma edad”. (…) El acusado no sólo conocía la edad de la víctima, sino que generó un entorno de manipulación importante hacia ella que la colocó en una situación de suma vulnerabilidad.
• El legislador ha considerado que en ningún caso existe consentimiento válido cuando la víctima tiene menos de 13 años. Por ello, no encontramos que pueda sostenerse la ausencia de dolo por parte de Curiche.
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• Dado que la modalidad bajo la que se elevó el caso a juicio fue la del delito continuado, la imprecisión en fechas concretas y horarios no es un obstáculo para entender acreditado el tiempo.

• Quizá a partir del testimonio de cámara Gesell de la víctima, pueda pensarse en un período más extenso (cuestión que queda por fuera de este juicio por el marco concreto que puso la acusación), pero no en una inexistencia de prueba para el período temporal por el que el Sr. Curiche fue acusado.

• Los lugares existen y fueron señalados por la víctima. No entendemos que fuera necesaria una descripción mayor, ya que no existió ningún punto controvertido al respecto ni ningún detalle específico de relevancia para poner una exigencia mayor.

• No encontramos razón en el cuestionamiento vinculado con el vehículo en que estuvo Curiche con la víctima detrás de las vías, en tanto está acreditado que tenía y conducía vehículos.

• Está acreditado que la víctima sufrió una penetración por el informe de la Dra. Trifilio (forense), que declaró en ese sentido. (…) Desde la perspectiva del tribunal, sí resulta suficiente la descripción que realiza la víctima sobre lo sucedido, para tener por acreditada la penetración. Establecer la exigencia de que realice una descripción (detallada) para tener por probado que hubo penetración, nos resulta un exceso con relación a las posibilidades de expresión de la víctima y al contexto en el que brinda su declaración.

• Debe considerarse que no se trató de una develación voluntaria, sino accidental. En el testimonio de la víctima se ve la ambivalencia (señalada por la psicóloga forense): cierta consciencia de que sufrió un abuso mezclada con sentimientos hacia Curiche, que la llevan a decir que tenían un noviazgo, que creía que “eran de la misma edad”. (…) El acusado no sólo conocía la edad de la víctima, sino que generó un entorno de manipulación importante hacia ella que la colocó en una situación de suma vulnerabilidad.

• El legislador ha considerado que en ningún caso existe consentimiento válido cuando la víctima tiene menos de 13 años. Por ello, no encontramos que pueda sostenerse la ausencia de dolo por parte de Curiche.

29/12/2022

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