"S. L. E. S/ HOMICIDIO DOBLEMENTE CALIFICADO POR VINCULO Y VIOLENCIA DE GENERO EN GDO DE TTVA y DESOBEDIENCIA A UNA ORDEN JUDICIAL EN CONC. REAL" / Tribunal de Juicio
Tipo de material: TextoSeries Fallos con Perspectiva de GéneroDescripción: 11 p. pdf 127 KbISBN:- S/N
Luego de valorar las pautas mensurativas de los Arts. 40 y 41 del Código Penal, corresponde imponer la pena de 11 años de prisión efectiva y accesorias legales a quien se encontró responsable del delito de homicidio doblemente calificado por el vínculo y violencia de género en grado de ttva. y desobediencia a una orden judicial en concurso ideal, en calidad de autor (Art. 45 del C.P.). La ley no otroga magnitudes fijas expresadas en cifras específicas para cada tipo de agravante o atenuante, por lo que la tarea judicial debe sujetarse a la mayor razonabilidad posible para que la individualización y evaluación punitiva no aparezca dependiente del mero arbitrio de los jueces y por el contrario permita luego el control de la decision.
06/06/2018
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