"R. E., J. E. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO" / Tribunal de impugnacion

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoDescripción: 27 p. pdf 86KbISBN:
  • N° 13/16
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1) Satisface el estándar de duda razonable la sentencia que tuvo por probado un único hecho delictivo, en base al testimonio que la niña víctima refiriera en Cámara Gesell, en consonancia con lo que la misma le manifestara a sendos miembros de su familia, que depusieron durante la celebración del juicio. Máxime si a ello se le suma la valoración efectuada del testimonio calificado brindado por la licenciada que entrevistara a la víctima bajo la modalidad antes citada, así como el hecho de que la niña en distintas ocasiones repitiera con tono lloroso la misma versión de lo vivido. Todo ello se apoyó, asimismo, en las conclusiones que arrojó el informe médico y psicológico oportunamente practicado a la misma. Lo mismo cabe concluir respecto de la autoría del sospechado pues la misma se probó con suficiencia a partir de haber sido el único sujeto sindicado como tal.
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1) Satisface el estándar de duda razonable la sentencia que tuvo por probado un único hecho delictivo, en base al testimonio que la niña víctima refiriera en Cámara Gesell, en consonancia con lo que la misma le manifestara a sendos miembros de su familia, que depusieron durante la celebración del juicio. Máxime si a ello se le suma la valoración efectuada del testimonio calificado brindado por la licenciada que entrevistara a la víctima bajo la modalidad antes citada, así como el hecho de que la niña en distintas ocasiones repitiera con tono lloroso la misma versión de lo vivido. Todo ello se apoyó, asimismo, en las conclusiones que arrojó el informe médico y psicológico oportunamente practicado a la misma. Lo mismo cabe concluir respecto de la autoría del sospechado pues la misma se probó con suficiencia a partir de haber sido el único sujeto sindicado como tal.

26/02/2016

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