"DÍAZ JUAN LEONARDO – SERRANO LEANDRO ARIEL S/ HOMICIDIO DOLOSO AGRAVADO ‘IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA’" / (Registro nro. 169)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 04768nam a2200349 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 151023s2015 A ||||| |||| 00| 0 S d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución 31/15
Tipo de Resolución Acuerdos
110 ## - ASIENTO PRINCIPAL--NOMBRE CORPORATIVO (NR)
9 (RLIN) 18
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Penal
245 11 - CARATULA
Caratula "DÍAZ JUAN LEONARDO – SERRANO LEANDRO ARIEL S/ HOMICIDIO DOLOSO AGRAVADO ‘IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA’" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal Superior de Justicia
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 54 p.
Tamaño de la unidad (R) 204 Kb
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1- Corresponde declarar nula la sentencia N° 130/2014 emitida por el TI, como así también los actos anteriores que dependen de ella (Art. 98 del CPPN) por incurrir en arbitrariedad manifiesta, por falta de fundamentación, en los términos de los arts. 248, inc. 2°, 249, en función de los arts. 194, inc. 4), a contrario sensu, y 246, tercer párrafo, del C.P.P.N.. Tratándose de un argumento dirimente del fallo que no se corresponde con las circunstancias comprobadas de la causa, resulta descalificable como acto jurisdiccional válido conforme a pacífica jurisprudencia de nuestro máximo Tribunal Nacional.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- “...67. Al determinar el alcance de las garantías contenidas en el artículo 8.2 de la Convención, la Corte debe considerar el papel de la ‘acusación’ en el debido proceso penal vis-á-vis el derecho de defensa. La descripción material de la conducta imputada contiene los datos fácticos recogidos en la acusación, que constituyen la referencia indispensable para el ejercicio de la defensa del imputado y la consecuente consideración del juzgador en la sentencia. De ahí que el imputado tenga derecho a conocer, a través de una descripción clara, detallada y precisa, los hechos que se le imputan. La calificación jurídica de éstos puede ser modificada durante el proceso por el órgano acusador o por el juzgador, sin que ello atente contra el derecho de defensa, cuando se mantengan sin variación los hechos mismos y se observen las garantías procesales previstas en la ley para llevar a cabo la nueva calificación. El llamado ‘principio de coherencia o de correlación entre acusación y sentencia’ implica que la sentencia puede versar únicamente sobre hechos o circunstancias contemplados en la acusación...” (C.I.D.H., “Fermín Ramírez Vs. Guatemala”, cons. n° 67, del voto de la mayoría, rto. el 20 de junio de 2005).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3- Corresponde confirmar en todos sus términos el Acuerdo n° 47/2011, dictado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia con otra integración.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4- [ … ] la sentencia analizada aparece motivada, derivada racionalmente del derecho vigente, emitida respetando los principios de la sana crítica racional -tanto en lo referido a las leyes del pensamiento (coherencia y derivación), como a los principios lógicos (identidad, contradicción, tercero excluido y razón suficiente) y normas de la experiencia y de la psicología-, explicando la participación de los imputados en el tipo penal correspondiente.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5- [ … ] la doctrina establecida, contrariamente a lo planteado por la Defensa, no produce una afectación de la garantía de la reformatio in pejus, pues existió un recurso de casación de la parte querellante y otro de la fiscalía. <br/>En relación a este tópico, nuestro cimero Tribunal manifestó que: “...3°) Que, según doctrina establecida por esta Corte, la prohibición de la reformatio in pejus cuando no media recurso acusatorio tiene jerarquía constitucional, por lo cual toda sentencia que ignore este principio resulta inválida en tanto importa que ha sido dictada sin jurisdicción, afectando de manera ilegítima la situación obtenida por el encausado merced al pronunciamiento consentido por el Ministerio Público en la instancia inferior, lo que lesiona la garantía contemplada en el art. 18 de la Constitución Nacional (Fallos: 255:79; 298:432; 311:2478; 312:1156, entre otros)...” (O.136.XXXVII.REX, del voto mayoritario de los señores Ministros Dres. Carlos S. Fayt, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Luis Lorenzetti y E. Raúl Zaffaroni; Fallos: 317:961, entre muchos otros).<br/>
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 24/08/2015
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO PROCESAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) TRIBUNAL DE IMPUGNACION
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) NULIDAD DE SENTENCIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) SENTENCIA ARBITRARIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) FALTA DE FUNDAMENTACION
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PRUEBA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) VALORACION DE LA PRUEBA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) SANA CRITICA RACIONAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) REFORMATIO IN PEJUS
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 22
Nombre personal (NR) Moya, Evaldo Darío
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 23
Nombre personal (NR) Kohon Ricardo T.
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 12/2015
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar:8000/files/00169.pdf">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar:8000/files/00169.pdf</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar:8000/files/00069.pdf">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar:8000/files/00069.pdf</a>
Texto del vínculo (R) Sentencia TI N° 130/14
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Acuerdos

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