000 01768nam a2200301Ia 4500
999 _c93
_d93
008 181220t2015 xx 000 0 und d
020 _bINT
110 1 _aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
_96
245 1 1 _a"SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO C/ SARALEGUI CARLOS DANIEL S/ APREMIO" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 _c2015
300 _a4 p.
_bpdf
505 0 _aCorresponde confirmar el proveído que tiene por contestado en tiempo y forma el traslado de las excepciones. Ello así, toda vez que se estipuló el traslado de las excepciones por el término de ley, es decir, por 5 días; luego que se ponían a disposición las copias para el retiro por 5 días desde la notificación del mismo auto, y que recién vencido este último, comenzaría a computarse aquel; fue al final que se consignó que el anoticiamiento por Ministerio de Ley. En concreto, resulta congruente con lo decidido y una interpretación ajustada las garantías constitucionales de la defensa en juicio y el debido proceso, avalar la introducción de la presentación de la actora dentro de los 10 días hábiles.
518 _a08/09/2015
653 _aACTOS PROCESALES
653 _aCONTESTACIÓN
653 _aCOPIAS PARA TRASLADO
653 _aDOMICILIO ELECTRONICO
653 _aEXCEPCIONES
653 _aFALTA DE CONSTITUCION
653 _aJUICIO DE APREMIO
653 _aNOTIFICACION MINSTERIO LEY
653 _aPLAZO
653 _aTRASLADO
700 1 _932
_aPamphile, Cecilia
700 1 _93
_aMedori, Marcelo Juan
774 _a507531-2014
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/93.pdf
942 _addc
_cINT
_2ddc