000 | 02530nam a2200277Ia 4500 | ||
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999 |
_c865 _d865 |
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008 | 181220t2017 xx 000 0 und d | ||
020 | _bSEN | ||
110 | 1 |
_aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III _96 |
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245 | 1 | 1 |
_a"REYES CLAUDIA KARINA C/ VASQUEZ MARCELO S/ DESPIDO POR FALTA DE REGISTRACION" / _cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III |
260 | _c2017 | ||
300 |
_a10 p. _bpdf. |
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505 | 0 | _a1.- Frente al incumplimiento de la expresa intimación que se le dirigiera a la demandada bajo los apercibimientos del art. 21 de la Ley 921, que remite al art. 38, resulta que ante la omisión de acompañar los recibos de haberes y a exhibir libros, registros o planillas obligatorias conforme su calidad de empleador (arts. 52 y 54 LCT), al haber el trabajador formulado declaración jurada de su salario, estimo procedente adoptar el alegado. | |
505 | 0 | _a2.- Con motivo de la registración irregular del contrato de trabajo o de alguno de sus elementos, el legislador nacional dictó la Ley 24013 con la noble aspiración de corregir tales situaciones, y no menos, desalentar a que los empleadores eligieran esas alternativas como una manera de reducir sus costos laborales; así a través de sus arts. 8, 9 y 10 estableció multas para el caso de ausencia de registro de la relación laboral o el registro parcial de la misma, por consignar una fecha de ingreso posterior a la real o una remuneración menor a la percibida por el trabajador, a las que denomina “indemnizaciones”, estableciendo una equivalencia de la cuarta parte de los salarios no declaradas durante la relación laboral no registrada o de las devengadas hasta que se consignó la fecha del posterior ingreso, o aplicable sobre la diferencia entre la declarada y la realmente pagada, según fuera el caso; a su vez, por su art. 15 agravó las indemnizaciones derivadas del distracto incausado producido dentro de los dos años computados desde que se le cursara el requerimiento. | |
518 | _a16/02/2017 | ||
653 | _aCONTRATO DE TRABAJO | ||
653 | _aEMPLEO | ||
653 | _aLEY DE EMPLEO | ||
653 | _aLIBROS DEL EMPLEADOR | ||
653 | _aMULTA | ||
653 | _aOBLIGACIONES DEL EMPLEADOR | ||
653 | _aREGISTRACION DE LA RELACIÓN LABORAL | ||
700 | 1 |
_aGhisini, Fernando Marcelo _921 |
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700 | 1 |
_aMedori, Marcelo Juan _93 |
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774 | _a465491-2012 | ||
856 | _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/865.pdf | ||
942 |
_addc _cSEN _2ddc |