000 02051nam a2200265Ia 4500
999 _c609
_d609
008 181220t2016 xx 000 0 und d
020 _bAC
110 1 _aCámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
_98
245 1 1 _a"LAGOS DAVID FERNANDO C/ SALGADO CARLOS S/ ACCION REIVINDICATORIA" /
_cCámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
260 _c2016
300 _a11 p.
_bpdf
505 0 _a1.- Corresponde confirmar la sentencia de grado que desestima la demanda interpuesta, toda vez que compartiendo con el magistrado la norma legal aplicable -art. 2758, 2789 y 2790 del Código Civil-, dada la calidad de las partes en juicio en relación al inmueble que el actor pretende reivindicar, éste no logró acreditar con el margen de certeza necesario que alguna vez hubiere poseído el inmueble y fuera desapoderado por el demandado.
505 0 _a2.- El quejoso en el extenso memorial pretende otorgar validez a los recibos de impuestos que fueran acompañados oportunamente por su parte. Sin embargo, habiendo analizado la totalidad de los mismos se advierte que la nomenclatura catastral en muchos de ellos no concuerda con la del inmueble litigioso y otros tantos carecen de la misma. Esta cuestión, unida a la circunstancia que el pago de los impuestos no constituye por sí un acto posesorio y nada prueba con relación al corpus probatorio, restan el valor convictivo que pretende darle.
518 _a27/07/2016
653 _aDERECHOS REALES
653 _aFALTA DE ACREDITACION
653 _aINMUEBLE
653 _aPOSESION
653 _aPRESCRIPCION ADQUISITIVA
653 _aREIVINDICACION
700 1 _aTroncoso, Dardo Walter
_942
700 1 _aCalaccio, Gabriela Belma
_919
774 _a29823-2011
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/609.pdf
942 _addc
_cAC
_2ddc