000 02739nam a2200313Ia 4500
999 _c464
_d464
008 181220t2016 xx 000 0 und d
020 _bSEN
110 1 _aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
_91
245 1 1 _a"FLORES GIMENEZ DIEGO MANUEL C/ GARRE WEHBE EDGAR FRANCISCO S/DESALOJO SIN EXISTENCIA DE CONTRATO DE LOCACION (COMODATO, OCUPACION, ETC)" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 _c2016
300 _a8 p.
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505 0 _a1. -Dado que no fue el actor - hijo del causante- sino su madre -hoy fallecida- quien efectivamente se desempeñó como administradora judicial del sucesorio y en ejercicio de la referida función dió en locación el inmueble objeto de autos, es que adolece de la necesaria legitimación activa para impetrar la presente la acción de desalojo, toda vez que no ha acreditado ni ser el administrador judicial del sucesorio, ni titular o cotitular del dominio en virtud de la partición del acervo hereditario. Consiguientemente, la demanda debe ser rechazada.
505 0 _a2.- Si bien esta Sala II ha reconocido legitimación activa al heredero forzoso para reclamar el desalojo de un inmueble, con cita del art. 3.415 del Código Civil, por suceder en forma inmediata al causante, sin intervalo alguno y con efecto retroactivo al día de su muerte (autos “Menna c/ Villar”, expte. n° 400.726/2009, P.S. 2013-II, n° 56), dicho principio no es de aplicación en el sub lite. En efecto, la legitimación que se otorga al heredero, conforme lo señalado en el párrafo anterior, importa que el derecho a exigir la restitución por parte de quién ocupa el inmueble se haya originado en vida del causante, y que, por ende, se haya transmitido al heredero a raíz del fallecimiento de aquél. En autos la situación es diferente. El contrato de locación fue suscripto una vez fallecido el causante, habiendo sido celebrado por “la sucesión Flores Giménez” representada por la administradora judicial –madre del actor hoy fallecida-.
518 _a26/04/2016
653 _aCELEBRACION POR PARTE DE LA ADMINISTRADORA DEL SUCESORIO
653 _aFALLECIMIENTO DE LA ADMINISTRADORA
653 _aFALTA DE LEGITIMACION ACTIVA
653 _aHIJO DE LA ADMINISTRADORA
653 _aHIJO DEL CAUSANTE
653 _aJUICIO DE DESALOJO
653 _aLOCACION COMERCIAL
653 _aPRORROGAS
653 _aRECHAZO DE LA DEMANDA
653 _aSUCESIONES
700 1 _aGigena Basombrio, Federico
_922
700 1 _aClerici, Patricia Mónica
_92
774 _a507839-2015
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/464.pdf
942 _addc
_cSEN
_2ddc