000 03264nam a22003017a 4500
008 240729s2024 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 _bSEN
110 1 _aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
_95
245 1 1 _a"AGUIRRE FERNANDO EMANUEL C/ BARCELO CARLOS JOSE AUGUSTO Y OTRO S/DESPIDO" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
300 _a16 p.
_bpdf
505 0 _a1.- Corresponde fijar los intereses en la tasa activa del BPN -conforme publicación del Gabinete Técnico Contable del Poder Judicial- desde la fecha en que cada suma es debida y hasta el 31 de diciembre de 2020 y, a partir del 1 de enero de 2021 y hasta el efectivo pago aplicar la tasa activa efectiva anual BPN, Clientes sin paquete, Préstamos Personales, Canal de Venta Sucursales (del voto del Dr. Pascuarelli, en mayoría parcial)
505 0 _a2.- Corresponde disponer que las sumas de condena devengarán los intereses por los periodos establecidos en la sentencia de primera instancia, pero se calcularán a la tasa “activa de préstamos personales en sucursal para clientes sin paquete del BPN, TEA utilizada como valor de referencia, sin capitalizar en su aplicación (conforme el criterio sentado por el TSJ en “Moreno Coppa”, Ac. 42/23). (del voto de la Dra. Pamphile, en minoría parcial)
505 0 _a3.- Procede la indemnización del daño moral pues la causal invocada para efectivizar el acto extintivo del contrato de trabajo no sólo no ha sido acreditada, sino que tiene el claro sentido de involucrar al actor en un hecho de mucha gravedad por cuanto importaría un acto de violencia de género, de características vejatorias al honor. Como llega firme, de los presentes no surgen pruebas para atribuirle a la parte actora, la comisión de los hechos imputados. En este orden, la conducta procesal asumida por la empleadora determina su suerte: se la tuvo por desistida de la prueba testimonial, pese a ser esta una prueba crucial para justificar su accionar rupturista. Luego, las características y connotación de los hechos imputados permite tener por probada la relación entre aquéllos y la lesión a su honor y dignidad. hallándose cumplidos los presupuestos necesarios que configuran el deber de indemnizar los perjuicios morales irrogados por la demandada al actor. Ello, sin perjuicio del pago de la indemnización tarifada que corresponde al ámbito de los incumplimientos contractuales. (por unanimidad)
518 _a24/07/2024
650 7 _aDERECHO DEL TRABAJO
_9111
650 7 _aCONTRATO DE TRABAJO
_9480
650 7 _aDESPIDO SIN CAUSA
_91611
650 7 _aINDEMNIZACION POR DESPIDO
_91105
650 7 _aINTERESES MORATORIOS
_9966
650 7 _aTASA DE INTERES
_9206
650 7 _aDAÑO MORAL
_9178
700 1 _aDra. Cecilia Pamphile
_edisidencia parcial
_92657
700 1 _aDr. Jorge D. Pascuarelli
_edisidencia parcial
_92703
700 1 _aDra. Patricia Clerici
_emayoría parcial
_92608
774 _aJNQLA2 EXP 508105/2016
856 _uhttp://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=fea61cb569c670cf0902b24883978740
_yTexto Completo
942 _2ddc
_cSEN
999 _c4389
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