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999 _c3238
_d3238
008 210301s2020 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 _aS/N
_bSEN
110 1 _91
_aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
245 1 1 _a"ARANCIBIA VALERIA FRESIA C/ I.P.V.U. S/ ACCION DE AMPARO" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 _c2020
300 _a7 p.
_bpdf
505 0 _a1.- La procedencia del amparo se encuentra condicionada a la existencia de un acto, hecho u omisión que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace el ejercicio de derechos o garantías constitucionales con arbitrariedad manifiesta (art. 43 CN), es decir, que la ilegalidad o arbitrariedad deben aparecer de modo claro y manifiesto, que los vicios aparezcan visibles al examen jurídico mas superficial. En este caso no se ha cumplido con tal recaudo, en tanto la ilegalidad o arbitrariedad no aparecen de modo claro y manifiesto, no se argumenta, ni menos aún acreditan, los vicios que revestiría tal acto u omisión, y ese recaudo no se suple con una mera manifestación de la parte. (del voto del Dr. Noaco).
505 0 _a2.- No ignoro que la situación de la aquí amparista también presenta aristas de vulnerabilidad dado la conformación de su grupo familiar, la precarización de ciertas actividades laborales, y el cercenamiento actualmente vigente del derecho a trabajar y ejercer toda industria lícita. [....] No es función del Poder Judicial determinar mediante qué instrumentos concretos el Estado cumple con su obligación constitucional de proveer al derecho a la vivienda y al hábitat adecuado. Máxime que la amparista no ha denunciado, conforme lo señala el juez de grado y también el primer voto, una ilegalidad o una arbitrariedad manifiesta por parte de la demandada, y en los términos previstos por la Corte Suprema Federal, que permita habilitar una vía excepcional como la del amparo. (del voto en adhesión de la Dra. Clerici)
518 _a24/06/2020
650 7 _2SAIJ
_aDERECHO CONSTITUCIONAL
650 7 _2SAIJ
_aACCIÓN DE AMPARO
650 7 _2SAIJ
_aINSTITUTOS PROVINCIALES DE LA VIVIENDA
650 7 _2SAIJ
_aADJUDICACIÓN DE VIVIENDA
650 7 _2SAIJ
_aARBITRARIEDAD O ILEGALIDAD MANIFIESTAS
650 7 _2SAIJ
_aFALTA DE FUNDAMENTACIÓN
700 1 _959
_aNoacco, José Ignacio
700 1 _92
_aClerici, Patricia Mónica
774 _a14553/20
856 _uhttp://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=d79b05c435e3f16136f78fc8b06954f3
_yTexto completo
942 _2ddc
_cSEN