000 02339nam a22002777a 4500
999 _c2979
_d2979
008 200423s2019 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 _bINT
110 1 _97
_aCámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I
245 1 1 _a "T. L. V. C/ M. J. E.Y Y OTRO S/ INC. APELACION S/ ALIMENTOS PARA LOS HIJOS" /
260 _c2019
300 _a8 p.
_bpdf
505 0 _a1.- No obstante que la demanda fue promovida contra los abuelos del progenitor –ya fallecido-, cabe hacer lugar a la citación como tercero de la madre de la accionante, toda vez que existe normativa de mayor jerarquía a la procesal invocada en la resolución y especialmente incorporada al CCCN, que expresamente permite al demandado citar a juicio a otros parientes en condición de prestar alimentos, a fin de ser desplazado o concurrir con él (art. 546 CCCN); ello, sin perjuicio de que –claramente-, tal situación debe ser probada.
505 0 _a2.- […] el carácter restrictivo y excepcional de la citación de terceros debe ser admitida cuando las circunstancias demuestren que así lo exige un interés legítimo (cfr. Arazi, Roland – Rojas, Jorge, “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”, comentado y anotado, Tomo I, 2015, Rubinzal Culzoni Editores, página 131, comentario a art. 90, con cita de fallo); y en este caso, entendemos, tal interés legítimo está signado por la normativa de fondo que expresamente habilita al demandado a citar a otros parientes.
505 0 _a3.- Deben recordarse los principios generales de los procesos de familia contenidos en el art. 706 CCCN, en cuanto a encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda frustrar derechos tutelados por la Constitución Nacional.
518 _a 08/11/2019
650 7 _2SAIJ
_aDERECHO PROCESAL.
650 7 _2SAIJ
_aPARTES DEL PROCESO.
650 7 _2SAIJ
_a INTERVENCION DE TERCEROS.
650 7 _2SAIJ
_aALIMENTOS.
650 7 _2SAIJ
_a RESPONSABILIDAD PARENTAL.
650 7 _2ABUELOS DE LOS PROGENITORES.
_999
700 1 _915
_aBarroso, Alejandra
700 1 _949
_aFurlotti, Pablo G.
774 _aExpte. JJUFA-422/2019
856 _uhttp://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=2979
942 _2ddc
_cINT