000 02703nam a22003017a 4500
999 _c2766
_d2766
008 191023s2019 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 _bAC
110 1 _97
_aCámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I
245 1 1 _a“GASPARRO MARIO AGUSTIN C/ MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES S/ AMPARO POR MORA” /
_cCámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I
260 _c2019
260 _c2018
300 _a6 p.
_bpdf
505 0 _a1.- Cabe fijar un plazo de diez días para que el municipio demandado cumpla con lo ordenado en la sentencia en crisis, esto es resolver el reclamo administrativo de dictar una resolución, decidir, pronunciarse en un sentido o en otro; interpretar y aplicar la norma invocada y resolver, a su criterio, cómo debe calcularse el SAC que el actor alega mal calculado, en tanto ello no reviste una complejidad que impida su cumplimiento en el plazo otorgado.
505 0 _a2.- La no resolución de un amparo por mora en el plazo establecido implica una cuestión federal, esto es la garantía constitucional de obtener un pronunciamiento sin dilaciones indebidas, es decir obtener una decisión en un plazo razonable, derivada del art. 18 de la CN y de los Tratados Internacionales de DDHH que se refieren a ella, en especial, la CADH (Pacto de San José de Costa Rica) en su art. 8º. El art. 75 inc. 22 de la CN reconoce jerarquía constitucional a diversos Tratados de DDHH, lo que conduce a tener en cuenta que el art. 8 inc 1. del Pacto de San José de Costa Rica, relativo a las garantías judiciales, prescribe no sólo el derecho ser oído sino también el de ejercer tal derecho con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, garantía que se desprende del derecho de defensa en juicio y que es aplicable a todo tipo de proceso sin importar la materia de que se trate, incluyendo actuaciones administrativas (conf. doctrina de la Corte IDH).
518 _a07/03/2019
650 7 _2SAIJ
_aDERECHO CONSTITUCIONAL
650 7 _2SAIJ
_aAMPARO POR MORA
650 7 _2SAIJ
_aTRABAJADOR MUNICIPAL
650 7 _2SAIJ
_aPAGO DE HABERES
650 7 _2SAIJ
_aRECLAMO ADMINISTRATIVO
650 7 _2SAIJ
_aDEBERES DE LA ADMINISTRACIÓN
650 7 _2SAIJ
_aMORA DE LA ADMINISTRACIÓN
650 7 _2SAIJ
_aPLAZO RAZONABLE
700 1 _915
_aBarroso, Alejandra
700 1 _919
_aCalaccio, Gabriela Belma
774 _aEXP 55576/2018
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2766.pdf
942 _2ddc
_cAC
998 _cas