000 02693nam a22003257a 4500
999 _c2742
_d2742
008 191021s2019 ag ||||| |||| 00| 0 s d
020 _bINT
110 1 _91
_aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
245 1 1 _a"ORTEGA AMALIA DEL CARMEN C/ HEREDEROS DE FUSTER EDUARDO RAFAEL Y OTRO S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 _c2019
300 _a10 p.
_bpdf
505 0 _a1.- El art. 103 del Código Civil y Comercial distingue dos clases de intervenciones para el Ministerio Público respecto de la actuación en juicio de las personas menores de edad, una complementaria y otra principal.
505 0 _a2.- En el ámbito provincial, la función representativa del Ministerio Público ha sido otorgada por el art. 49 de la ley 2.302 al Defensor de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente.
505 0 _a3.- En estas actuaciones se ha tramitado el proceso en forma íntegra y se ha llegado a la condena de dos personas menores de edad sin la debida intervención de la Defensoría de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente y, además, haciendo caso omiso a los reparos planteados por el Ministerio Público en su única presentación en la instancia de grado. Ello determina que ha existido, en este trámite, una concreta vulneración del derecho de defensa en juicio de los dos niños involucrados, que parte desde la misma traba de la litis, en tanto no se conoce si los niños son efectivamente herederos de la persona fallecida, como tampoco se conoce si la persona que ha sido notificada en su condición de representante legal de los menores de edad, ficción procesal mediante, es efectivamente la madre y representante legal de los niños. A partir de este déficit inicial, se encuentra viciado todo el proceso tramitado en la instancia de grado, y su consecuencia que es la sentencia dictada en autos.
518 _a25/07/2019
650 7 _2SAIJ
_aDERECHO PROCESAL
650 7 _2SAIJ
_aREPRESENTACIÓN PROCESAL
650 7 _2SAIJ
_aREPRESENTACION Y ASISTENCIA
650 7 _2SAIJ
_aACTUACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO
650 7 _2SAIJ
_aMENORES
650 7 _2SAIJ
_aDEFENSORIA DE LOS DERECHOS DE NIÑO
650 7 _2SAIJ
_aOMISIÓN DE LA DEBIDA INTERVENCIÓN
650 7 _2SAIJ
_aNULIDAD PROCESAL
650 7 _2SAIJ
_aDEBIDO PROCESO
650 7 _2SAIJ
_aDEFENSA EN JUICIO
700 1 _92
_aClerici, Patricia Mónica
700 1 _959
_aNoacco, José Ignacio
774 _aEXP 504919/2014
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2742.pdf
942 _2ddc
_cINT