000 02415nam a22003137a 4500
999 _c2658
_d2658
008 190828s2019 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 _bSEN
110 1 _96
_aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
245 1 1 _a"SCARDILLA GUILLERMO EMILIO C/ CONSOLIDAR ART S.A. S/ RECURSO ART. 46 LEY 24557" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 _c2019
300 _a14 p.
_bpdf
505 0 _a1.- Los artículos 465 a 467 del CPCC prevén un procedimiento para la recusación de los profesionales sorteados. En el caso el a quo resolvió el planteo formulado por la parte actora, de cuya cita de fundamentos surge que lo desestimó por extemporáneo y además por su inatendibilidad sustancial. De este modo, se destaca que en su presentación –memorial- el actor pretende reeditar un planteo que fue desestimado por su interposición fuera de término, por cuanto transcurrieron más de dos meses entre el auto de designación y la presentación del actor e incluso luego de que se desarrollaran actos preparatorios para la producción de la prueba, con intervención de la parte.
505 0 _a2.- Cabe confirmar la sentencia que rechaza la pretensión indemnizatoria por un accidente de trabajo, toda vez que las conclusiones del perito resultan irrefutables en orden a la exclusión de causalidad directa y concausalidad adecuada. Las fundadas consideraciones vertidas en el informe pericial y reafirmadas en sus sucesivas presentaciones indican que las afecciones base de la litis tienen carácter congénito, lo que revela que –por lógica- el accidente de trabajo no produjo ninguna interferencia concreta en el resultado, a título de agravamiento o de manifestación de un estado larvado.
518 _a23/07/2019
650 7 _2SAIJ
_aDERECHO DEL TRABAJO
650 7 _2SAIJ
_aACCIDENTE DE TRABAJO
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_aPRUEBA DE PERITOS
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_aRECUSACIÓN
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_aRECHAZO
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_aNEXO CAUSAL
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_aINFORME PERICIAL
650 7 _2SAIJ
_aVALORACIÓN DE LA PRUEBA
650 7 _2SAIJ
_aPATOLOGIA CONGENITA
700 1 _921
_aGhisini, Fernando Marcelo
700 1 _94
_aPascuarelli, Jorge Daniel
774 _aEXP 469640/2012
856 _ujuriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2658.pdf
942 _2ddc
_cSEN
998 _cas