000 02927nam a22003617a 4500
008 190827s2019 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 _bINT
110 1 _95
_aCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
245 1 1 _a"V. E. M. S/ SITUACION LEY 2212" /
_cCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
260 _c2019
300 _a6 p.
_bpdf
490 _aFallo con Perspectiva de Género
505 0 _a1.- Corresponde confirmar la medida de 3 días de arresto dispuesta en los términos previstos por el art. 28 inc. b) de la ley 2785, debiendo hacer saber: a) al denunciado, que además de dar acabado cumplimiento a las medidas vigentes, deberá prestar la más extrema colaboración para el correcto funcionamiento del dispositivo de seguridad activado en el caso y b) a la autoridad policial correspondiente que los dos primeros o dos últimos días de arresto deberán coincidir con el fin de semana. Ello así, pues más allá de las particularidades que surgen del encuentro ocurrido entre los protagonistas y las contradicciones que pueden surgir de lo actuado, no pueden soslayarse las referidas amenazas de muerte que surgen de la denuncia, las que corresponde considerar en el contexto de las presentes actuaciones y en función de los graves antecedentes que surgen de la causa, así como que el denunciado se encontraba debidamente notificado de las medidas dispuestas, y que intervino el personal policial porque no atendía el dispositivo luego de que se activara. (del voto del Dr. Pascuarelli, en mayoría).
505 0 _a2.- La circunstancia de que el acercamiento se produjera en un lugar en el que no puede descartarse que fuera azaroso, las particularidades que surgen del encuentro suscitado entre la denunciante y el denunciado, conforme dan cuenta las constancias de la causa y las contradicciones que pueden surgir de la misma, determinan que la medida de arresto deba ser dejada sin efecto. (del voto de la Dra. Pamphile, en minoría).
518 _a29/05/2019
650 7 _2SAIJ
_aDERECHO DE FAMILIA
_9109
650 7 _2SAIJ
_aVIOLENCIA DE GÉNERO
_9149
650 7 _2SAIJ
_aVIOLENCIA CONTRA LA MUJER
650 7 _2SAIJ
_aREGIMEN DE PROTECCIÓN INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA FAMILIAR
650 7 _2SAIJ
_aFACULTADES DEL JUEZ
650 7 _2SAIJ
_aRESOLUCIÓN
650 7 _2SAIJ
_aINCUMPLIMIENTO
650 7 _2SAIJ
_aSANCIONES
650 7 _2SAIJ
_aARRESTO
650 7 _2SAIJ
_aDISIDENCIA
_9180
700 1 1 _932
_aPamphile, Cecilia
_e(Disidencia parcial)
700 1 1 _94
_aPascuarelli, Jorge Daniel
700 1 1 _959
_aNoacco, José Ignacio
774 _aEXP 83343/2017
856 _uhttp://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=140031c28ec2e70c6cfce4afcd2e275b
942 _2ddc
_cINT
998 _cas
999 _c2654
_d2654